La defensa legal de Martin Vizcarra alega en su recurso de casación un quebrantamiento del precepto procesal y una vulneración de la garantía de motivación por lo que demanda que se declare la nulidad absoluta de la resolución de citación a juicio oral contra su patrocinado por el presunto delito de cohecho pasivo propio
La Corte Suprema evaluará un recurso de casación presentado por el expresidente Martin Vizcarra con el que busca que se anule el juicio oral que afronta por los casos del Proyecto de Irrigación Lomas de Ilo y la construcción del Hospital Regional de Moquegua.
Esto debido a que La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró "fundado" un recurso de queja que interpuso el exmandatario contra una resolución que emitió el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional el 10 de diciembre del 2024 en la que declaró "inadmisible" dicho recurso de casación con el que busca que se declare la nulidad de la resolución en la que se programó para el 28 de octubre del 2024 como la fecha de inicio de este juicio oral seguido en su contra por el presunto delito de cohecho pasivo propio en agravio del estado a raíz de estos casos.
La defensa legal de Martin Vizcarra alega en su recurso de casación un quebrantamiento del precepto procesal y una vulneración de la garantía de motivación por lo que demanda que se declare la nulidad absoluta de la resolución de citación a juicio oral contra su patrocinado por el presunto delito de cohecho pasivo propio debiendo programarse el mismo una vez que concluya el control de la acusación fiscal que pesa contra su defendido por el presunto delito de colusión simple a fin de evitar que sea juzgado dos veces por los mismos hechos dentro de este proceso penal.
Al respecto, el tribunal supremo determinó que en este caso se trata de una denuncia casacional referida a la correcta tramitación y resolución, en sede intermedia, del requerimiento mixto del fiscal, que es del caso examinarlo, tanto más si se tiene una disposición fiscal superior que ordena que se acuse al exmandatario por el presunto delito de colusión simple y si el remedio procesal y subsiguiente medio de impugnación se plantearon correctamente.
La Sala presidida por el juez supremo César San Martin ordenó que el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional remita de inmediato las actuaciones realizadas en lo que va de este juicio oral y que también se le remita la resolución recaída en el dictamen de la Fiscalía Superior que ordena acusar al exjefe de estado por el presunto delito de colusión simple.
El fiscal Germán Juárez Atoche pidió 15 años de prisión contra el expresidente Martin Vizcarra al acusarlo por el presunto delito de cohecho pasivo propio. Posteriormente, el representante del Ministerio Público pidió 10 años de prisión contra el exjefe de Estado al acusarlo por el presunto delito de colusión simple acatando así lo dispuesto por la Fiscalía Superior Penal que le ordenó formular una acusación penal por dicho delito dentro de este proceso penal.