El exmandatario continúa recluido en el Penal de Barbadillo desde el pasado 7 de diciembre del 2022 tras su fallido intento de golpe de Estado sucedido el pasado 7 de diciembre del 2022.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema rechazó este lunes, por unanimidad, el recurso de apelación presentado por el expresidente Pedro Castillo contra el fallo judicial que declaró infundado su pedido para cesar la prisión preventiva que lleva debido al presunto delito de rebelión.
Hugo Yataco Perez, defensa legal del exjefe del Estado, sostuvo en la audiencia que no existen suficientes elementos de convicción para sostener la medida contra su patrocinado, además, argumentó que esta fue solicitada por fiscales adjuntos supremos, los cuales, dijo, no tienen competencia para realizar este tipo de pedidos.
Por su parte, el fiscal Martin Rivas Belotti manifestó que el abogado de Pedro Castillo en ningún momento ha presentado elementos que hagan variar la situación de prisión preventiva. En ese sentido, indicó que lo único que mostró son documentos que acreditan que al juicio oral han asistido varios fiscales adjuntos supremos, pero no cambia eso la fundamentación por la que se le envió a la cárcel al expresidente.
El Ministerio Público, por el delito de rebelión, ha pedido que se imponga al exmandatario la pena de 34 años así como su inhabilitación por tres años y seis meses para ejercer cargo públicos tras su intento de golpe de Estado sucedido el pasado 7 de diciembre del 2022.
Además de Castillo hay otros seis procesados más por este caso: Betssy Chávez, quien era la presidenta del Consejo de Ministros en el momento del intento de autogolpe; Willy Huerta Olivas, quien era ministro del Interior, y Aníbal Torres Vásquez, ex primer ministro y que ocupaba el cargo de asesor.
La medida fue resuelta, luego que hoy en horas de la mañana, el exjefe de Estado a través de su defensa técnica, argumentara que esta medida limitativa fue solicitada por fiscales adjuntos supremos, los cuales, dijo, no tienen competencia para realizar este tipo de pedidos. Ver:…
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) August 18, 2025