Delia Espinoza, a través de su defensa legal, indicó que María Teresa Cabrera, quien propuso su suspensión por 6 meses, y todos los miembros del pleno de la JNJ incurren en un conflicto de intereses, puesto que está en curso un proceso de amparo interpuesto por ella ante el fuero judicial.
La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, a través de su defensa legal, presentó un escrito ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en el que solicita que la magistrada María Teresa Cabrera y miembros titulares de dicha entidad se inhiban en el procedimiento disciplinario iniciado en su contra por, presuntamente, no haber ejecutado la resolución que disponía la reposición de Patricia Benavides como fiscal suprema y titular del Ministerio Público.
En el referido documento, al que tuvo acceso RPP, Espinoza Valenzuela solicita además que dicho procedimiento disciplinario se suspenda, debido a que varios de los titulares de la JNJ fueron demandados por ella en un proceso de amparo y, además, están inmersos en investigaciones con carpetas fiscales abiertas, por lo que existiría un conflicto de intereses.

Fundamentos
Delia Espinoza señaló que los actuales integrantes del pleno de la JNJ, y particularmente María Cabrera Vega, vicepresidenta de dicha entidad, "comparecen como parte demandada en el proceso constitucional de amparo promovido por la suscrita, que tutela derechos fundamentales frente a la vulneración actual, directa e inmediata" producida por la resolución que ordenó la reposición de Patricia Benavides como fiscal suprema y fiscal de la Nación.
"En estas condiciones, resulta jurídicamente incompatible con el estándar de imparcialidad objetiva que la instructora María Teresa Cabrera Vega —y, eventualmente, los actuales integrantes de la Junta Nacional de Justicia — asuman la dirección de un procedimiento disciplinario contra la suscrita, cuando simultáneamente se encuentran en calidad de demandados en un proceso de amparo que cuestiona directamente la validez" de la referida resolución.
"Por ello, la posibilidad de que la misma autoridad que se defiende en sede constitucional por la supuesta vulneración de derechos fundamentales pueda, a la vez, juzgar disciplinariamente a la parte demandante por hechos estrechamente vinculados a la resolución impugnada, compromete de raíz la garantía del debido procedimiento", añade.
Asimismo, la titular del Ministerio Público indicó que "la existencia de un conflicto de intereses objetivo" se refuerza en cuanto existen carpetas fiscales contra María Teresa Cabrera y otros miembros del pleno de la JNJ, por presuntos delitos como abuso de autoridad, usurpación de funciones, acoso, avocamiento ilegal, entre otros.
Entre los casos señalados se encuentra que, supuestamente, Cabrera Vega habría dispuesto "arbitrariamente" que el conductor asignado al magistrado Francisco Távara Córdova "le informara diariamente sobre sus desplazamientos y reuniones, afectando su libertad en el ámbito social y profesional".
"Asimismo, se imputa a Gino Augusto Tomás Ríos Patio y a Cabrera Vega, como presidente y vicepresidenta respectivamente, haber hostigado a Távara Córdova en el plano administrativo, mediante el cambio frecuente de conductores -incluyendo uno designado para reportar su actividad— y solicitando información sobre investigaciones en su contra, como el oficio remitido a la Fiscalia de la Nación por el presidente de la entidad", agrega.
En mérito a estos argumentos, Espinoza Valenzuela señala que "mantener a la instructora María Teresa Cabrera Vega —y, eventualmente, a los actuales miembros de la Junta Nacional de Justicia incursos en las carpetas fiscales— en la dirección de este procedimiento disciplinario no solo rompe con la simetría que exige la imparcialidad objetiva, sino que además proyecta una grave afectación a la confianza pública en la neutralidad de la autoridad disciplinaria".
"El estándar constitucional no puede ser asimétrico: si la Fiscal de la Nación se aparta para preservar la objetividad, también la instructora Cabrera Vega debe hacerlo, pues lo contrario consolidaría un procedimiento viciado desde su origen. Esta situación, como es de advertirse, debería replicarse con cualquier otro miembro de la Junta en condición de investigado", sostiene.
"En consecuencia, la única medida compatible con la Constitución es la suspensión del procedimiento disciplinario hasta que desaparezca la causa objetiva del conflicto de intereses, es decir, hasta que concluya el proceso constitucional de amparo y/o las carpetas fiscales abiertas contra los miembros de la JNJ. Permitir que el trámite avance en estas condiciones implicaría consolidar un procedimiento viciado desde su origen, lesionando de manera irreparable el derecho al debido proceso", puntualizó.