La suspendida Fiscal de la Nación será investigada por 120 días como presunta autora de abuso de autoridad, prevaricato y falsedad genérica, por su supuesta participación en la elaboración de un reglamento que habilitaba a fiscales a investigar directamente delitos
El Poder Judicial aprobó el inicio de una investigación preparatoria contra la suspendida fiscal de la Nación Delia Espinoza por hechos relacionados a la elaboración y revisión del Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del Delito, documento que, según la letrada, nunca firmo ni aprobó.
El juez supremo provisional Juan Carlos Checkley adoptó esta medida luego que la Fiscalía de la Nación le comunicara su disposición emitida el último 15 diciembre, de formalizar y continuar esta investigación preparatoria contra Espinoza Valenzuela, por un plazo de 120 días naturales, como presunta autora de los delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y como posible instigadora del delito de usurpación de funciones en agravio del Estado.
Checkley Soria dispuso notificar su resolución emitida el último 22 de diciembre, a la que tuvo acceso RPP, a la Fiscalía de la Nación, la Procuraduría General del Estado y a la defensa legal de Delia Espinoza para los fines pertinentes.
La Fiscalía de la Nación formalizó esta investigación preparatoria luego de que, el último 3 de diciembre, el Pleno del Congreso de la Republica aprobara por mayoría calificada el proyecto de Resolución Legislativa N.° 13440/2025-CR, mediante el cual se declaró haber lugar a la formación de causa penal contra Espinoza Valenzuela, en su condición de fiscal suprema, por este caso.
La representación nacional también dispuso la inhabilitación de Espinoza por 10 años en el ejercicio de la función pública por una supuesta infracción constitucional relacionada a este asunto.
Según la tesis fiscal, la Espinoza Valenzuela , en su condición de fiscal suprema e integrante de la Junta de Fiscales Supremos, durante el mes de octubre de 2024, habría participado en la elaboración, revisión y aprobación del referido Reglamento, a través del cual se habría habilitado a los fiscales para realizar directamente la investigación preliminar del delito, pese que la Ley N.° 32130 asigna dicha función a la Policía Nacional del Perú, reservando al Ministerio Público la conducción jurídica de la investigación, entre otros hechos.