Sunedu dispone nueva ampliación para que universidades con licenciamiento denegado brinden servicio educativo

La Sunedu dispuso una nueva ampliación del plazo para que universidades con licenciamiento denegado brinden el servicio educativo.
La Sunedu dispuso una nueva ampliación del plazo para que universidades con licenciamiento denegado brinden el servicio educativo. | Fuente: Andina

Por decisión unánime, el Consejo Directivo de la Sunedu, presidido por Vicente Espinoza, dispuso ampliar por 12 meses el plazo para que universidades con licenciamiento denegado brinden el servicio educativo. Es la quinta vez en que la entidad toma una decisión de esta naturaleza.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso una nueva ampliación del plazo para que universidades con licenciamiento denegado puedan continuar brindando el servicio educativo, según señala una resolución de dicho organismo, publicada este jueves, 1 de enero, en el diario oficial El Peruano

El referido documento indica que el Consejo Directivo de la entidad, presidido por su nuevo superintendente Vicente Espinoza Santillán, resolvió, de manera unánime, "que las universidades y escuelas de posgrado con licencia institucional denegada que se encuentren prestando el servicio educativo en el marco del proceso de cese de actividades puedan optar por una ampliación excepcional de hasta doce (12) meses adicionales al plazo de cese previsto" en el reglamento de Sunedu. 

Cabe destacar que el Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, aprobado en septiembre de 2018, indica que "la universidad con denegatoria o cancelación de la licencia institucional, señala un plazo de cese que no debe exceder el plazo máximo de dos (2) años, contados a partir del semestre siguiente a la fecha de notificación de la resolución de denegatoria o cancelación de la licencia institucional".

Es decir, las casas de estudios superiores que hayan optado por el plazo máximo de 2 años para cesar sus actividades tras denegárseles el licenciamiento ahora podrán acogerse a una ampliación de 12 meses desde dicha fecha prevista. Para ello, deberán comunicar a la Sunedu la nueva fecha de cese de actividades "en un periodo no menor a cuarenta y cinco (45) días hábiles", desde la aprobación de la resolución oficializada hoy. 

Sin embargo, esta no es la primera vez que la superintendencia aprueba una ampliación del servicio educativo para universidades con licenciamiento denegado. Desde el 2020, esta es la quinta ocasión en que la Sunedu emite una resolución de esta naturaleza. 

Resoluciones que ampliaron plazos para universidades con licenciamiento denegado

En junio de 2020, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó la resolución N° 044-2020, mediante la cual universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada quedaban habilitadas para solicitar una "ampliación excepcional de su plazo de cese de actividades" de hasta por 3 años, los cuales serían "adicionales a los dos (2) años ya previstos" en el Reglamento del Proceso de Cese de Actividades.

En ese entonces, la superintendencia justificó la extensión del plazo alegando que las medidas de cese previstas por las casas de estudios se habían visto "interrumpidas por el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social obligatorio vigentes" durante la pandemia de la COVID-19. 

Hasta ese momento, 45 instituciones de educación superior universitaria no habían obtenido el licenciamiento institucional, esto es entre el último trimestre de 2018 y mayo de 2020. De dicha cantidad, 35 universidades habían indicado que su cese de actividades sería entre diciembre de 2019 y abril de 2022.

La Sunedu dispuso que las universidades que quisieran acogerse a la ampliación del plazo debían informarlo "6 meses antes del vencimiento del plazo declarado". Además, debían presentar "un Plan de Operaciones debidamente sustentado". 

Detalle de la resolución de 2020 que otorgó la posibilidad de ampliar por 3 años el plazo de cese de actividades para universidades con licenciamiento denegado.

Detalle de la resolución de 2020 que otorgó la posibilidad de ampliar por 3 años el plazo de cese de actividades para universidades con licenciamiento denegado.Fuente: Sunedu

Casi dos años después, la Sunedu emitió una nueva disposición para ampliar el plazo de cese de actividades de universidades con licenciamiento denegado.

En abril de 2022, el Consejo Directivo de la entidad aprobó la resolución N° 030-2022, a través de la cual dispuso que las universidades y escuelas de posgrado con licencia institucional denegada que tenían el plazo de cese vencido y que "no lograron la ampliación excepcional de su cese de actividades" de hasta 3 años, podían "acogerse excepcionalmente a una ampliación adicional de hasta por el plazo máximo de un (1) año".

La Sunedu justificó la medida alegando que se había evidenciado "que algunas universidades con licencia denegada no se habrían acogido" a la resolución anterior, ya sea porque no cumplían "con las condiciones exigidas para tal fin" o "porque no comunicaron su decisión dentro del periodo previsto para tal efecto", lo cual generó "que sus estudiantes no concluyan con su proyecto formativo profesional". Por ello, el nuevo plazo excepcional se calificaba como "una nueva oportunidad" para lograr tal fin.

Cabe señalar que, hasta diciembre de 2021, 8 universidades con licenciamiento denegado dejaron de prestar el servicio educativo, porque no se acogieron a la ampliación excepcional de 3 años; otras 8 sí lograron acogerse a dicha ampliación; mientras que otras 9, que tampoco solicitaron acogerse al beneficio, debían culminar sus actividades académicas en la fecha que declararon a la Sunedu. En ese panorama, la superintendencia estimó que 17 universidades podrían acogerse a la nueva ampliación adicional de hasta un año.

En tres ocasiones, Sunedu ha otorgado la posibilidad de ampliar por un año la fecha de cese de las universidades con licenciamiento denegado.
En tres ocasiones, Sunedu ha otorgado la posibilidad de ampliar por un año la fecha de cese de las universidades con licenciamiento denegado. | Fuente: Andina

Poco más de un año después, en julio de 2023 y ya durante la gestión de Manuel Castillo Venegas como superintendente, el Consejo Directivo emitió la resolución N 017-2023, mediante la cual dispuso que "las universidades que se encuentran en proceso de cese de actividades" hasta ese momento podían "optar por acogerse a una ampliación excepcional de hasta un (01) año adicional, contados desde la fecha de cese declarado" a la superintendencia. 

Esta vez, la justificación de la Sunedu fue que la normativa vigente no establecía "una habilitación que permita a las universidades en proceso de cese implementar" la inclusión de "componentes semipresenciales o no presenciales en la ejecución de sus programas académicos", los cuales aumenten las "probabilidades de egreso". De este modo, se buscaba establecer un marco para que las casas de estudio puedan "acondicionar la prestación del servicio educativo, siempre y cuando dichos ajustes resulten favorables a los estudiantes".

Además, se alegaba que, para el caso de estudiantes de ciencias de la salud, la fecha de culminación de sus internados podía superar la fecha de cese del servicio educativo señalado por sus universidades, ya que "el periodo de desarrollo de las actividades de internado constituye un elemento ajeno al control de las universidades".

Para esta ocasión, la Sunedu estimó que 17 universidades podrían beneficiarse con la nueva extensión del plazo de cese, entre ellas la Universidad Privada Telesup, la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, la Universidad José Carlos Mariátegui y la Universidad Alas Peruanas. 

Telesup y UAP, dos universidades vinculadas a procesos judiciales, figuraron entre las casas de estudio que podrían beneficiarse con la resolución 17-2023 de la Sunedu.

Telesup y UAP, dos universidades vinculadas a procesos judiciales, figuraron entre las casas de estudio que podrían beneficiarse con la resolución 17-2023 de la Sunedu.Fuente: Andina /Composición RPP

Finalmente, en octubre de 2024, el Consejo Directivo de la Sunedu emitió una nueva resolución, la 0030-2024, a través de la cual se dispuso que "las universidades que se encuentran en proceso de cese de actividades" puedan "optar por una ampliación excepcional de hasta por dieciocho (18) meses adicionales al periodo para el otorgamiento de grados y títulos".

Vale señalar que el artículo 16 del Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado establece que "el plazo máximo para que las universidades en proceso de cese de actividades puedan otorgar grados y/o títulos es de hasta veinticuatro (24) meses, contados a partir de la culminación del último periodo de estudio".

Es decir, a través de la referida resolución, la superintendencia daba a las universidades con licenciamiento denegado la posibilidad de seguir otorgando grados y títulos por 18 meses adicionales al plazo máximo de dos años que tenían para ese fin. 

Además, estableció que los grados y títulos expedidos después del plazo máximo de 24 meses "se considerarán como otorgados válidamente, siendo estos reconocidos y susceptibles de registro por parte de esta Superintendencia".

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