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PJ confirmó autorización a Javier Miu Lei para que pueda pagar con un bien inmueble caución de S/1 000 000

La sede de Palacio de Justicia, en Cercado de Lima.
La sede de Palacio de Justicia, en Cercado de Lima. | Fuente: Andina

La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos investiga el pago de una supuesta coima entregada por el empresario Javier Miu Leí para que pueda recuperar barras de oro que el Ministerio Público le incautó a su empresa en el año 2020.

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El Poder Judicial confirmó la autorización otorgada al empresario Javier Miu Lei para que pueda pagar con un bien inmueble el monto de un millón de soles que se le fijó como caución personal a fin de seguir afrontando en libertad la investigación preparatoria que se le sigue junto al exconductor de televisión, Andrés Hurtado, más conocido como "Chibolín", y otros por los presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho activo específico en agravio del Estado.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundado el recurso de apelación que presentó la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos para que se revocara la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley, el último 9 de abril, en el que declaró fundada la solicitud que hizo dicho empresario, a través de su defensa legal, para sustituir esta caución económica personal por una garantía real a fin de asegurar el pago de dicho monto de dinero que se le impuso dentro de este proceso penal.

El argumento judicial

El tribunal presidido por el juez supremo César San Martin determinó que, en cuanto al requerimiento de cumplimiento de la regla de conducta consistente en el pago de la caución económica, ello no constituye una actitud de desobediencia a la orden judicial, pues se está sustituyendo la caución personal por una garantía real de un inmueble de propiedad del investigado, cuyo valor supera el monto de la caución.

"En suma, se verifica que el bien inmueble ofrecido tiene como valor comercial una suma superior e incluso duplica el monto de la caución económica fijada en su oportunidad, y que se adjuntaron los documentos que acreditaban la titularidad del investigado Miu Lei sobre dicho predio; además, se cumplió adicionalmente con ofrecer un testimonio notarial de la garantía de hipoteca a nombre del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria y se tiene que no existen motivos para invalidar tal ofrecimiento, tanto más si ofreció esta garantía real mucho antes del vencimiento del plazo de cuatro meses, otorgado para el pago de la primigenia caución económica, y no se evidencia un ánimo evasivo o de incumplimiento de las reglas de conducta dictaminadas en su contra, lo que además determina que los argumentos del Ministerio Público sobre una presunta conducta artificiosa o de mala fe del investigado constituyan meras conjeturas sin asidero legal", precisó la sala suprema en su resolución a la que tuvo acceso RPP.

El colegiado supremo también remarcó que, en su jurisprudencia, ha venido sosteniendo la inexigibilidad de probanza de insolvencia para una sustitución de caución económica, dado que lo verificable, al tratarse de una regla de conducta, es la finalidad y objetivo que se persigue con su imposición, esto es, que se ofrezca una suma de dinero, compromiso de pago o garantía mobiliaria e inmobiliaria que determine que el sujeto obligado muestra sujeción frente el proceso que se le sigue ante el órgano judicial.

La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos investiga el pago de una supuesta coima entregada por el empresario Javier Miu Leí para que pueda recuperar barras de oro que el Ministerio Público le incautó a su empresa en el año 2020, entre otros hechos.

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