El recurso presentado por Luis Vera fue declarado infundado y el tribunal supremo determinó que la resolución apelada se encuentra debidamente motivada, pues expuso los pormenores referentes a la excepción de improcedencia de la acción planteada.
El Poder Judicial volvió a rechazar el pedido del exjefe de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), Luis Vera, para que se archive el proceso penal que se le sigue por presuntamente no haber denunciado las presiones que recibía por parte de Bruno Pacheco, entonces secretario general del Despacho Presidencial durante el gobierno del exmandatario Pedro Castillo.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundado el recurso de apelación que presentó Vera Castillo para revocar la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley, el 4 de julio del 2024, en la que declaró infundada una excepción de improcedencia de acción que interpuso su defensa legal parar archivar este proceso penal sin perjuicio de que se declare también la nulidad de la resolución o auto que autoriza el inicio del correspondiente juicio oral sobre este caso.
La defensa legal de Luis Vera alegaba en su recurso de apelación que el juez supremo Checkley Soria vulneró el principio de legalidad, pues el recurrente no ostentaba el deber de denunciar, puesto que el deber establecido en el artículo 326, numeral 2, literal “b” del Código Procesal Penal, es general, debiendo haberse identificado ello en otra norma penal, extrapenal, reglamento o documento similar que establezca esta obligación corresponde al Superintendente de la Sunat, conforme a sus deberes y funciones.
Asimismo, señala que Vera cumplió con informar los hechos a su superior jerárquico, el ministro de Economía, y entregó la información necesaria para el esclarecimiento de estos al Ministerio Público; y, que el juez vulneró el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, ya que omitió pronunciarse respecto a la ausencia de tipicidad subjetiva planteada en la excepción.
No obstante, el tribunal supremo determinó que la resolución apelada se encuentra debidamente motivada, ya que expuso los pormenores referentes a la excepción de improcedencia de acción planteada.
Situación de Luis Vera
El extitular de la Sunat afronta un juicio oral en el cual la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos solicitó que sea condenado a dos años de pena privativa de la libertad al acusarlo como autor del delito de omisión de denuncia agravada en perjuicio del Estado.
La instancia fiscal también pidió que Vera Castillo sea inhabilitado por un año para ejercer cargo público y que pague la suma de 5 000 soles como reparación civil a favor del Estado.
Según la acusación fiscal, Luis Enrique Vera Castillo, a quien se atribuye, en su actuación como Superintendente Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), haber omitido comunicar a las autoridades correspondientes la comisión del delito de tráfico de influencias por parte de Arnulfo Bruno Pacheco Castillo, quien era secretario general del Despacho Presidencial.
Estos hechos están referidos al lapso entre el 9 de setiembre de 2021 y el 6 de octubre de 2021, cuando Vera, en razón del cargo que ocupaba, venía recibiendo mensajes de Pacheco, a través de WhatsApp y Telegram, para que favorezca en procesos administrativos a las empresas Grupo Deltron Internacional S.A.C. (deudas y fiscalización tributaria-deuda pendiente de pago que tendría la empresa) y MQVC Corporation S.A.C. (ampliación de importación de 20 a 500 toneladas de mercurio), como también a Marco Antonio Urbina Chumpitassi (nombramiento como martillero público de la Intendencia Sunat de La Libertad).
La existencia y contenido de los mensajes fueron aceptados por el ahora acusado, y siendo plenamente consciente que se trataba de pedidos al margen de la ley, no cumplió con denunciarlos ante el Ministerio Público u otra autoridad competente.