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Presidenta del TC dice que "no le extrañaría" que presenten acción de inconstitucionalidad por ley que faculta a PNP a investigar

La nueva presidenta del Tribunal Constitucional explicó cuál sería el procedimiento si es que se llega a presentar una acción de inconstitucionalidad contra la norma aprobada en el Congreso.
La nueva presidenta del Tribunal Constitucional explicó cuál sería el procedimiento si es que se llega a presentar una acción de inconstitucionalidad contra la norma aprobada en el Congreso. | Fuente: RPP

La nueva titular del Tribunal Constitucional indicó que dicha acción debe ser presentada por una entidad facultada para hacerlo, como el Ministerio Público. La norma fue aprobada en segunda votación el último miércoles en el Congreso y aún debe ser promulgada.

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Luz Pacheco, presidenta del Tribunal Constitucional, señaló este jueves que no le extrañaría que se presente ante dicho organismo del Estado una acción de inconstitucionalidad contra la ley que faculta a la Policía Nacional del Perú a investigar de forma preliminar los delitos, que fue aprobada en vísperas en el Congreso.

En declaraciones a Nunca es tarde de RPP, la magistrada indicó que esta acción debería ser presentada por una entidad que esté facultada para hacerlo, como el Ministerio Público, que es un organismo constitucional. Indicó también que el trámite de esta acción tendría que argumentar por qué se considera que vulnera la Constitución.

“No me extrañaría (que sea presentada). Siempre tiene que haber una acción de inconstitucionalidad que se presenta ya sea por un grupo de ciudadanos o por alguna entidad que esté facultada para hacerlo”, sostuvo.

“Entiendo que tienen hacer una demanda diciendo qué artículos, no sé cuántos tiene la ley y por qué razón son contrarios a la Constitución, entonces se recibe la demanda hay una contestación, de ahí tiene que haber una audiencia pública, pero nunca eso es rápido”, añadió.

Sobre procedimiento con acción

Al ser consultada sobre si es que el Tribunal Constitucional podría pronunciarse sobre la acción en cualquier sentido, pero añadiendo una postura, la magistrada Pacheco sostuvo que no, pues eso sería legislar y generaría un vacío en el ordenamiento jurídico.

“No, porque legislaríamos. No, normalmente se dice que cuando uno hace este tipo de declaración se hace un agujero negro en el ordenamiento jurídico, porque queda un vacío, un hueco y ya no existe eso pensaban que si declarábamos inconstitucional iba a revivir la ley anterior y eso no puede ser porque ya había sido derogada simplemente no había nada”, dijo.

Asimismo, indicó que, si es que la acción es planteada ante el Tribunal Constitucional, sería tratada con premura.

Norma fue aprobada en segunda votación

El Pleno del Congreso aprobó este miércoles, en segunda votación, el dictamen que propone modificar 33 artículos del Código Procesal Penal, a fin de facultar a la Policía Nacional de investigar los delitos. Según el proyecto de ley, esto servirá para agilizar los procesos penales. 

La norma fue aprobada con 80 votos a favor y 24 en contra. Durante el debate se presentó una reconsideración para que el dictamen vuelva a comisión, pero no prosperó. 

Este dictamen modifica el artículo 60 del Código Penal. En el nuevo texto se precisa que "el fiscal conduce jurídicamente la investigación preliminar, la cual es llevada a cabo por la Policía Nacional del Perú, así como la investigación preparatoria, de acuerdo con el principio de legalidad. La PNP cumple los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función".

Otro artículo que se modifica es el 65. Ahora el fiscal, en cuanto tenga noticia del delito cometido, "dispone de forma inmediata que la Policía Nacional realice las diligencias preliminares".

También se establece que, cuando el fiscal dispone el inicio de la investigación preliminar, precisa su objeto, plazos y, de ser el caso, las formalidades específicas que deben reunir los actos realizados por la Policía para garantizar su validez.

La aprobación de esta norma había sido criticada por la Junta de Fiscales Supremos que, el jueves pasado, emitió un pronunciamiento en el que tildaron de inconstitucional dicha iniciativa y precisó que, si llega a aplicarse, los fiscales no podrán conducir investigaciones preliminares. Asimismo, señalaron que, de esta forma, el Ejecutivo tendría conocimiento de todas las investigaciones que se realicen.

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Sebastián Acosta

Sebastián Acosta Periodista

Profesional con 9 años de experiencia en coyuntura política. Trabajo también en la cobertura de temas de actualidad.

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