El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda competencial sobre el cierre del Parlamento.
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Finalmente la deliberación sobre la demanda competencial fue más rápida que lo previsto y condujo a un voto inapelable. Cuatro jueces constitucionales sobre siete respaldaron la ponencia elaborada por Carlos Ramos, la misma que proponía declarar infundada la demanda que había sido presentada por Pedro Olaechea, presidente del Congreso disuelto. Marianela Ledesma, Víctor Miranda y Eloy Espinosa sustentaron oralmente las razones por las que la disolución les parece una decisión tomada en circunstancias excepcionales, pero en el marco de la constitución. Los cuatro magistrados rechazaron las afirmaciones de quienes votaron en minoría, Ernesto Blume, Augusto Ferrero y José Luis Sardón: que el Ejecutivo no tenía derecho a atar la cuestión de confianza a un proyecto de reforma de la ley orgánica del Tribunal constitucional y que no existe negación de confianza si ésta no es explícitamente expresada a través de un voto.
Blume y Ferrero fueron breves y parecía resignados, mientras que Sardón multiplicó referencias con pretensiones argumentativas. Citó el precedente de los jueces constitucionales que fueron destituidos por oponerse a la “interpretación auténtica” que permitió la reelección de Alberto Fujimori. Insistió en que era necesario establecer que Martin Vizcarra no puede ser candidato el 2021, sugiriendo que la disolución forma parte de una estrategia política emparentada con proyectos autoritarios. Los argumentos jurídicos son siempre motivo de variadas interpretaciones, pero al parecer también la observación de los hechos: Sardón afirmó que “los ministros irrumpieron” en el hemiciclo mientras se llevaba a cabo una sesión. Mientras que Eloy Espinosa consideró contrario a la constitución que se haya cerrado la puerta al primer ministro Salvador del Solar y se sostenga que “solo por cortesía” se le concedió el derecho a la palabra.
Algunos juristas, como Natale Amprimo, han lamentado que no haya habido verdadero debate ni intercambio doctrinal. Pedro Olaechea afirmó que “será la historia la que juzgue la decisión adoptada” por el TC. Dijo creer que había cumplido con su defensa de la institucionalidad, pero adelantó que acatará la sentencia. Por su parte, el presidente Martín Vizcarra consideró que la sentencia permite entrar a un nuevo ciclo de nuestra vida política. Y en efecto, aún los críticos más radicales de la disolución hacen campaña en las elecciones congresales en curso y nadie ha osado afirmar que su convocatoria no sea legal. Algunos de ellos, como Rosa Bartra y Mauricio Mulder son incluso candidatos a la reelección.
Lejos de nuestro país, una situación inédita muestra que contiendas de competencia pueden producirse en las más inesperadas instancias. Todo comenzó el lunes cuando el diario francés Le Figaro adelantó unas páginas de un libro que habría sido escrito por el Papa Emérito Benedicto y el cardenal Robert Sarah, un clérigo de Guinea que preside una importancia institución vaticana. El título del libro es genérico y amable, “Desde lo profundo de nuestros corazones”. Pero contiene una condena de la eventual autorización a que hombres casados puedan ser sacerdotes. El tema fue una recomendación del reciente Sínodo Amazónico y se dice que el Papa actual estaría decidido a dar el paso. No se trata de algo doctrinal, sino de reglas que solo existen desde el siglo XII, puesto que algunos apóstoles, como San Pedro, eran casados. La Iglesia Católica acepta incluso a sacerdotes casados si son convertidos de iglesias ortodoxas como las de Ucrania y Líbano. El tema se ha vuelto una manzana de la discordia entre el Papa y los sectores más conservadores. Benedicto ha pedido que se retire su nombre del libro, pero el cardenal guineano dice que tiene correspondencia electrónica que probaría que el Papa Emérito es coautor. Una querella y dos Papas. La católicos de la Amazonía y los feligreses sin cura esperan que se pongan rápidamente de acuerdo.
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