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Tribunal Constitucional declara infundada demanda competencial contra la disolución del Congreso

La decisión fue adoptada por mayoría y a mano alzada, al conseguir cuatro votos a favor de rechazar el recurso presentado por el titular de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea. La audiencia se desarrollo de manera pública.

Los magistrados que votaron a favor de la ponencia fueron Marianella Ledesma, Carlos Ramos, Manuel Miranda y Eloy Espinosa-Saldaña.

El Tribunal Constitucional informó su decisión a través de las redes sociales.

Cuatro magistrados votaron a favor de la ponencia de Carlos Ramos, mientras que tres se mostraron en contra.

La presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, decidió poner a votación la ponencia del magistrado Carlos Ramos.

El magistrado Carlos Ramos plantea votar la actual ponencia.

El magistrado Ernesto Blume dijo que el ponente Carlos Ramos “puede hacer el esfuerzo” de recoger criterios para presentar una postura consensuada que puede ser votada.

Los magistrados inician una segunda ronda exposiciones. 

En ese sentido, Ledesma se pronuncia a favor de la ponencia de Carlos Ramos de declarar infundada la demanda competencial presentada contra la disolución del Congreso. Con esta exposición, Ledesma se suma a los magistrados Carlos Ramos, Manuel Miranda y Eloy Espinoza Saldaña que también votarán por denegar la demanda. 

Ledesma dice antes que pronunciarse a favor de una negación de confianza tácita o fáctica, su planteamiento apunta validar una manifestación que exprese "de manera clara de indubitable" la voluntad de otorgar o no el pedido que presentó el Ejecutivo

Expone la presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma

Espinosa-Saldaña indica que "no hubo invasión de competencias privativas al Congreso", Argumentó que "dentro de lo constitucionalmente posible el presidente podía interpretar que se le ha denegado la confianza".

Espinosa-Saldaña argumenta que el Ejecutivo no interfirió en los poderes del Congreso porque no lo privó de sus atribuciones de elegir a los miembros del Tribunal Constitucional, sino que hizo una observación procidimental.  

Inicia su exposición el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña tras un receso de 10 minutos. 

Al finalizar su exposición, Blume insiste en su postura de considerar que el Ejecutivo incurrió en una infracción y pidió "buscar un mecanismo para que esto quede claro", en la resolución del Tribunal Constitucional, para que "no se repita" un escenario político similar en el futuro.   

Blume: "En términos generales (los magistrados) estamos de acuerdo en que no vamos a retrotraer las cosas al estado anterior, de regreso el anterior Congreso. todos entendemos que eso no es factible. El proceso electoral va a continuar y tendremos un nuevo Congreso".  

Blume hace votos para que el debate sobre el caso "no se agote el día de hoy" y pide al pleno reflexionar y tratar de llegar "si fuera posible a una decisión unánime".

Blume dijo que el "ingreso brusco" de Salvador del Solar al Congreso, en su calidad de presidente del Consejo de Ministros, fue inconstitucional porque "vulneró la separación de poderes"

Blume dice que el Ejecutivo usó una figura inexistente para disolver el Congreso: La "denegación tácita de la cuestión de confianza"

Blume coincide con José Luis Sardón al respladar la realización de las elecciones al Congreso convocada para el próximo domingo 26 de enero

Blume: "Tengo una discrepancia muy radical, creo debe ser declarada fundada porque ha habido infracción por parte del presidente de la República [...] al haberse disuelto el Congreso".  

Blume indica que discrepa abiertamente con la ponencia del magistrado Carlos Ramos, "que concluye que el presidente de la República actuó en el marco de la Constitución y sin ningún exceso". 

Ernesto Blume inicia su ponencia indicando que el Tribunal Constitucional no es un foro político y que por lo tanto debe resolver de acuerdo a los parametros establecidos en la Constitución. 

El magistrado Augusto Ferrero Costa inicia su exposición. 

"MI voto es por declarar fundada la demanda [...] pero también la validez de las elecciones del 26 enero, y el impedimento para que el actual presidente de la República postule a las elecciones presidenciales del 2021", así concluyó la ponencia de José Luis Sardón.

Sardón plantea declarar inconstitucional de forma y fondo el cierre del Congreso, pero respaldar las elecciones parlamentarias convocadas para el 26 de enero. Además pide que la sentencia declare que Martín Vizcarra no pueda postular a las siguientes elecciones presidenciales. 

Sin embargo, indica que una decisión contraria al planteamiento de Ramos podría provocar una situación política insostenible en el país. 

El magistrado Jose Luis Sardón inicia su exposición indicando que la ponencia de Carlos Ramos no ha logrado persuadirlo. 

El magistrado Manuel Miranda inicia la lectura de su ponencia. 

Ramos culmina su exposición y en breve empezarán las intervenciones de otros miembros del pleno.

Carlos Ramos afirma que exigir que se juramente a un Consejo de Ministros nuevo antes de disolver el Congreso, "implica una imposibilidad fáctica".

Carlos Ramos: El acto de disolución del Congreso de la Republica goza de validez formal.

Ramos afirma que el Congreso del República actuó con claro conocimiento a lo planteado por el Ejecutivo, en cuanto a los términos de lo que se consideraría una denegación de la cuestión de confianza que llevó al cierre del Parlamento. 

La ponencia de Ramos se encuentra en expediente 0006-2019-CC/TC, al cual la ciudadanía puede acceder a través de la página web institucional del Tribunal Constitucional. 

El magistrado Carlos Ramos realiza la ponencia en una audiencia pública donde participa el pleno del TC.

El Tribunal Constitucional lleva a cabo el debate sobre la demanda competencial referida al cierre del Congreso.

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