El incremento del sueldo mínimo a S/ 850 impactará más en las pequeñas y medianas empresas, afirmó el laboralista César Puntriano.
El incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) de S/ 750 a S/ 850, que entró en vigencia a partir del 1 de mayo, le cuesta a las empresas 46 soles por cada trabajador al que se le reajuste el sueldo, afirmó el abogado laboralista César Puntriano.
“El costo laboral en el Perú equivale a un 45% o 46%, estamos hablando de que por cada sol son 46 centavos de costo laboral, entonces si hablamos de 100 soles de incremento son 46 soles de costo laboral, eso es lo que le va a costar a la empresa el incremento de la remuneración mínima”, señaló a RPP Noticias.
Puntriano afirmó que este incremento no impactará tanto en la gran empresa, donde en su mayoría se pagan sueldos por encima de la RMV, sino que afectarán más a las pequeñas o medianas, “donde se pagan las remuneraciones mínimas”.
Explicó que dentro de estos costos labores está el 9% de la contribución a EsSalud, un 9.72% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un 16.67% de las gratificaciones y la Bonificación Extraordinaria que se paga en vez de la gratificación, que es 1.5%, eso sin contar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), entre otros.
El abogado, socio del área laboral de PwC, explicó que el incremento de la remuneración mínima también tiene influye en otros ingresos y aportes del trabajador.
Así, con el alza de la RMV también se incrementa de 75 a 85 soles la asignación familiar que reciben los trabajadores con hijos menores de edad, pues es el 10% del sueldo mínimo.
También se incrementa el aporte mínimo del empleador a EsSalud (9% de la RMV) y el descuento sobre el sueldo a la ONP (13% de la RMV). Asimismo, aumenta la subvención mínima que reciben los practicantes de S/ 750 a S/ 850 al mes.
Además se incrementa el ingreso mínimo legal minero (RMV+25%), la remuneración diaria del sector agrario (sube de S/ 29.26 a S/33.16), la remuneración de los periodistas colegiados (3 RMV) y el ingreso mínimo por trabajo nocturno (RMV+35%).
Puntriano advirtió que si la empresa no cumple con realizar el reajuste del sueldo mínimo a sus empleados, puede recibir una multa desde S/ 19 500 hasta S/ 395 000.
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