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Adultos mayores hacen largas filas en Secretaría Técnica de Fonavi esperando información sobre devolución de aportes

La reglamentación de la ley se publicó esta mañana en el Diario Oficial El Peruano. | Fuente: RPP

Esta mañana se publicó la reglamentación que permite la devolución del dinero a los aportantes del Fonavi. La normativa priorizará a los adultos mayores de 60 años, los deudos de los fonavistas, y a las personas con alguna enfermedad grave o terminal.

Economía

Adultos mayores hacen largas filas en Secretaría Técnica de Fonavi esperando información sobre devolución de aportes

Un gran número de adultos mayores forman largas colas en los exteriores de la Secretaría Técnica del Fonavi, ubicada en el jirón Carabaya (Cercado de Lima), para pedir información sobre la publicación reciente del reglamento de la ley que permite la devolución del dinero a los aportantes del extinto Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

Los ancianos llegaron desde temprano y trajeron bancas para esperar hasta cerca de las 08:00 a.m., hora de apertura del establecimiento. La consulta principal es conocer en qué fecha comenzarán los depósitos de los aportes.

En medio de la fila, se encuentra Isabel Valderrama, quien desde hace 29 años espera acceder al dinero que aportó su fallecido esposo – un cocinero del hotel Crillón – por 30 años al fondo del Fonavi.  

Doña Isabel se despertó temprano, a las 04:00 a.m. exactamente, para salir de su vivienda, ubicada en San Martín de Porres (SMP), y llegar oportunamente a la Secretaría Técnica del Fonavi.

La historia de Valderrama resume la situación de los centenares de deudos de los fonavistas fallecidos.

La reglamentación

El Gobierno promulgó en noviembre la Ley 31928, que modifica la Ley 29625, ley de devolución parcial de aportes del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al fondo, así como a sus herederos en caso de fallecimiento.

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Así, el Ejecutivo estableció la conformación de una Comisión Ad Hoc, que aplique los procedimientos necesarios para iniciar con el proceso de devoluciones.

Una de las novedades de la normativa es que se dará prioridad a las personas mayores de 60 años; a las registradas en el Consejo Nacional para Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); y a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos (conyugue, hijo mayor de edad, padres o hermanos).

“En aquellos casos en que concurran dos o más deudos con igual derecho, el total de la devolución que le hubiera correspondido al fonavista fallecido, es repartido entre ellos proporcionalmente y en partes iguales”, se lee en la normativa.

La Secretaría Técnica del Fonavi se encargará de solicitar la información que sea necesaria para el proceso de devolución de aportes al RENIEC y el CONADIS, así como la acreditación de padecer una enfermedad grave o terminal corresponde al fonavista, a través del certificado médico que emita el Ministerio de Salud, el Seguro Social de Salud (EsSalud) o el Colegio Médico del Perú (CMP).

El padrón se aprueba por la Comisión Ad Hoc mediante resolución administrativa publicada en el Diario Oficial El Peruano. La resolución se emite conjuntamente con un Anexo que contiene el detalle de los fonavistas beneficiarios, el cual se publica en el Portal Institucional de la Secretaría Técnica.

El pago de la devolución a los deudos de fonavistas fallecidos, debidamente acreditados, se realiza a través del Banco de la Nación.

En declaraciones a RPP, José Cortez, representante de los Fonavistas e integrantes de la Comisión Ad Hoc, estimó que el proceso de devolución para este grupo iniciará el miércoles, 20 de diciembre.

“La próxima semana a más tardar deberíamos estar devolviendo. La Comisión Ad Hoc dejó todo listo, simplemente estábamos a la espera de la publicación del reglamento de esta norma”, indicó.

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Sergio Espinoza

Sergio Espinoza Periodista

Bachiller en Periodismo por la Universidad Jaime Bausate y Meza. Especializado en la cobertura de notas policiales, internacionales y políticas. Más de cuatro años de experiencia en medios digitales.

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