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Bono agrario: Gobierno aprobó subsidio de S/ 350 para pequeños agricultores

Beneficiarios deberán poseer terrenos agropecuarios no mayores a las dos hectáreas
Beneficiarios deberán poseer terrenos agropecuarios no mayores a las dos hectáreas | Fuente: Andina

Conoce los requisitos que estableció el Gobierno para la entrega de un apoyo económico para agricultores ante la crisis económica mundial y la pandemia.

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Hoy el Gobierno del presidente Pedro Castillo aprobó la entrega de un nuevo bono, esta vez dirigido a los pequeños productores agrarios.

Según indica el decreto de urgencia aprobado, este apoyo económico será de S/ 350 con el fin de reducir el impacto negativo ocasionado por el contexto económico mundial y por la pandemia.

Los agricultores beneficiarios de este nuevo bono tendrán tiempo para cobrarlo hasta el próximo 31 de julio del 2022.

“Culminado el plazo, las entidades financieras que hayan recibido recursos para desembolsar el bono, deberán extornar el saldo al programa social Pensión 65”, indica el decreto.

Requisitos

El bono de S/ 350 se otorgará a quienes administren unidades agropecuarias no mayores a dos hectáreas.

Los beneficiarios no deberán estar inscritos en el aplicativo informático del Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del sector público (AIRHSP), ni en la lista de agricultores que ya recibieron el Bono Yanapay.

Para determinar el padrón de beneficiarios el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) deberá actualizar los datos de los agricultores beneficiados en base al Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN).

En el caso de los productores agrarios que integren un mismo hogar, el subsidio monetario irá al integrante que figure en el padrón que apruebe el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).

Para la entrega del bono, las empresas del sistema financiero deberán abrir cuentas a nombre de los beneficiados, sin la necesidad de la celebración previa de un contrato.

“Las cuentas pueden ser utilizadas por el agricultor beneficiado para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos. Pueden ser cerradas tras seis meses de inactividad”, indican.

El dinero que se entregue a los beneficiarios tiene carácter de intangible, por lo que los fondos no pueden ser embargados ni de retenidos.

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