Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
¿Cómo impacta la pobreza en el futuro de los niños peruanos?
EP 1136 • 03:48
RPP Data
El 21% de niños y niñas peruanos recibió una solicitud para compartir contenido íntimo o sexual por internet
EP 195 • 03:15
El poder en tus manos
EP76 | INFORME | En riesgo la participación de mujeres en política tras Ley aprobada por el Congreso
EP 76 • 03:36

Bono de alquiler: los requisitos para acceder al subsidio mensual de S/500

El beneficio está pensado para parejas jóvenes.
El beneficio está pensado para parejas jóvenes. | Fuente: Andina

El ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento lanzará 2,000 bonos en tres ciudades: Lima, Arequipa y Trujillo para los últimos tres meses del año.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ya lanzó la convocatoria para todos los interesados en postular al Bono de Arrendamiento de viviendas, también conocido como Renta Joven o Bono Mi Alquiler.

El ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Miguel Estrada indicó que iniciarán con un lanzamiento de 2,000 bonos en tres ciudades: Lima, Arequipa y Trujillo.

El Gobierno otorgará un bono mensual de S/495.6 a las parejas jóvenes de bajos recursos para que paguen parte de su alquiler, según el reglamento publicado en el diario oficial. Pero ¿cuáles serán los requisitos para acceder a este subsidio?

En principio, el Grupo Familiar debe estar conformado como mínimo por dos personas que tengan un parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o el primer grado de afinidad y vivan juntos; o, por una pareja casada o convivientes sin impedimento matrimonial.

Sus integrantes no pueden conformar otro grupo familiar, ni jefatura del Grupo de No Dependientes, ni haber sido beneficiarios del bono de alquiler de vivienda, salvo que hayan sido menores de edad en esa postulación.

El grupo familiar está representado por la jefatura de familia. Los integrantes de la jefatura familiar deben tener entre los 18 a 40 años al momento de la postulación.

El Grupo de No Dependientes debe estar conformado como mínimo por dos personas quienes entre sí no tienen dependencia económica, no constituyen carga familiar y pueden o no tener parentesco consanguíneo.

Sus integrantes no pueden conformar un grupo familiar ni jefatura de otro grupo no dependiente, ni haber sido beneficiarios del bono, salvo que hayan sido menores de edad en esa postulación.

Ingreso Mensual Máximo

El Ingreso Mensual Máximo Familiar o Grupal es el percibido por la Jefatura familiar o la Jefatura del grupo no dependiente menos los descuentos de Ley y no debe exceder del valor que resulte de la multiplicación del Ingreso Real Promedio Per Cápita de Lima Metropolitana por el Promedio de Miembros del Hogar–Pobre Urbano. El FMV publica en su portal institucional (www.mivivienda. com.pe) el valor actualizado del ingreso mensual máximo.

No se consideran ingresos, aquellos percibidos por acreencias, premios o bonificaciones extraordinarias. En el caso que la jefatura familiar sea una pareja, se considera el ingreso de ambos cónyuges o convivientes sin impedimento matrimonial. En el caso del grupo no dependiente, se considera el ingreso de los integrantes de la jefatura del mismo. El Fondo Mivivienda aprueba la metodología de evaluación del cumplimiento de Ingreso Mensual Máximo Familiar o Grupal.

No tener propiedad

Para postular al otorgamiento del bono de alquiler de vivienda, los integrantes del grupo familiar o de la jefatura del grupo de no dependientes no deben ser propietarios, ni copropietarios de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda.

Para postular al otorgamiento del bono, los integrantes del grupo familiar o de la jefatura del grupo no dependiente no pueden estar postulando a otro programa de apoyo habitacional ni deben haber recibido apoyo habitacional por parte del Estado.

Se consideran como tales los préstamos o créditos otorgados con recursos del Fondo Nacional de Vivienda–FONAVI, de la Empresa Nacional de Edificaciones–ENACE, del Banco de Materiales–BANMAT, o los recursos canalizados por el FMV, así como los subsidios por parte del Estado con fines de vivienda.

No se consideran como apoyo habitacional, los préstamos, créditos y/o subsidios otorgados en caso de emergencia ante fenómenos naturales, que hayan sido utilizados para soluciones habitacionales de carácter temporal.

Registro de Deudores Judiciales Morosos

Los integrantes de la jefatura familiar o de la jefatura del grupo de no dependientes no deben encontrarse registrados en el Registro de Deudores Judiciales Morosos. El Fondo MiVivienda verifica el cumplimiento de este requisito.

Las parejas beneficiarias deben tener entre 18 y 40 años.
Las parejas beneficiarias deben tener entre 18 y 40 años. | Fuente: Andina

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA