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Bono de arrendamiento por emergencia, ¿qué debes saber?

Más de 7 mil viviendas están registradas para recibir el bono que ofrece el Gobierno.
Más de 7 mil viviendas están registradas para recibir el bono que ofrece el Gobierno. | Fuente: Andina

Conoce aquí los requisitos y pasos que deben tener en cuenta si quieren acceder al “Bono de Arrendamiento por Emergencia” de S/ 500.

Las lluvias reportadas en las últimas semanas generaron inundaciones y huaicos dejaron un importante número de pérdidas humanas y materiales, entre ellas más de 3,300 viviendas fueron declaradas destruidas y cerca de 4 mil son consideradas inhabitables.

Ante esta situación, la semana pasada el gobierno anunció que daría un “Bono de Arrendamiento por Emergencia” de 500 soles para los damnificados, pero ¿qué se sabe de esto?

¿Qué debes saber del bono?

Este bono es una ayuda económica mensual de 500 soles que se daría por un plazo máximo de dos años para las familias cuyas viviendas colapsaron debido a las inundaciones y huaicos.

Con los S/ 500 las familias tendrían que alquilar un espacio donde vivir que cuente con todos los servicios básicos, pero este bono no se entregará a todos los afectados por las lluvias.

"El primer requisito es que la vivienda sea declarada inhabitable por las municipalidades, luego que no haya doble propiedad. El bono solo aplica para los dueños de la casa o posesionarios de esta", indicaron voceros del Ministerio de Vivienda.

La ministra de vivienda, Hania Pérez de Cuellar, ha precisado que el subsidio solo se dará a los propietarios de las viviendas afectadas, entonces ¿qué pasará si no eres propietario?

Según explicó Pérez de Cuellar, a los afectados que hayan perdido su hogar, pero no puedan probar que eran propietarios se les dará un módulo habitacional, los cuales ya están en proceso de compra.

Otro detalle para tener en cuenta es que este bono se dará a quienes sean empadronados.

El Ministerio de Vivienda indica que son los alcaldes de cada distrito afectado los que deben llenar los padrones para conocer quiénes son los afectados que necesitan este apoyo y una vez que se tengan los padrones se realiza la convocatoria para la entrega del bono.

Se estima que este proceso debería durar entre 10 y 15 días, pero ¿cuáles son los pasos?

1- Si eres un potencial beneficiario y el ministerio de vivienda ya publicó la Resolución Ministerial que indica que darán este bono en tu distrito tienes 7 días hábiles para presentar una serie de documentos:

  • La solicitud de otorgamiento del bono, que puedes encontrar en el siguiente link:
  • La declaración jurada de no contar con otra vivienda además de la afectada.
  • El contrato de alquiler de otra vivienda, firmada con el arrendador y legalizada ante notario público.

2- Una vez que presentes el documento, la municipalidad distrital debe enviar al ministerio de vivienda los documentos, ya sea de forma virtual o presencial, en un plazo de máximo 3 días.

3- Luego de que el municipio envíe los documentos, una dirección del Ministerio de Vivienda verifica que los inmuebles que vayan a ser alquilados no estén considerados como inhabitables y debe pasar al fondo de vivienda una relación de los potenciales beneficiarios en un plazo de 5 días.

¿En qué zonas se está dando?

Por el momento el Ministerio de Vivienda ha publicado resoluciones ministeriales para los siguientes distritos:

  • Lima (distrito de Cieneguilla y en Pachacamac)
  • Cajamarca (provincia de San Ignacio, distrito Chirinos)
  • Lambayeque (distrito de San José)

¿Cómo tener más información?

El ministerio ha dado los siguientes canales de orientación, los cuales atienden de lunes a viernes de 8:30 de la mañana a 6 de la tarde:

  • Teléfono (01) 211-7930 anexo 2708/ 2706
  • WhatsApp 914 570 724

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