Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
Urgen medidas para reducir los accidentes de tránsito en carretera
EP 192 • 03:10
Informes RPP
Mateo Castañada: El abogado de Dina Boluarte implicado en el caso Los Waykis en la sombra
EP 1131 • 06:30
Espacio Vital
¿Los ruidos causados por el tráfico automotor pueden causar enfermedades del corazón?
EP 373 • 07:09

Congreso aprobó ley para sancionar la especulación, acaparamiento y adulteración

Dependiendo del tipo de falta la pena será de entre dos y ocho años de cárcel.
Dependiendo del tipo de falta la pena será de entre dos y ocho años de cárcel. | Fuente: Getty Images

Los comerciantes que generen escasez y desabastecimiento para alterar sus precios podrían ser sancionados con hasta ocho años de cárcel.

El Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley que sancionará el acaparamiento, especulación y adulteración de productos y servicios.

¿Qué es la especulación de precios?

La especulación se genera cuando hay escasez. La persona que cae en este delíto compra barato y vender caro. Es decir, primero acapara y luego revende.

¿Cómo se sancionará?

Con esta ley se prohibirá el acaparamiento y la especulación de bienes y servicios esenciales durante una emergencia.

Dependiendo del tipo de falta la pena será de entre dos y ocho años de cárcel. Esto también se sancionará con entre 180 y 365 días de inhabilitación y multa.

  • Si una empresa aprovecha su posición en el mercado para restringir o distorsionar la libre competencia podría tener una sanción de entre dos y seis años de cárcel.
  • En caso provoque escasez y desabastecimiento para alterar sus precios, perjudicando a los consumidores, la pena privativa de libertad no será menor de cuatro años.
  • La alteración de precios de bienes esenciales para la vida o salud de las personas podrá ser sancionado con cárcel de mínimo dos años y no más de seis.
  • En caso la falta ocurra durante un estado de emergencia, la pena de cárcel será de hasta ocho años.


 

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA