¿Es más conveniente colocarla en un banco o en una micro financiera? En la siguiente nota te lo explicamos.
Las empresas en el Perú tienen plazo hasta el martes 15 de noviembre para depositar el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios, un fondo por el cual muchos bancos y financieras ofrecen tasas de hasta 8.2%. Marcello Mundaca, gerente de negocios de Comparabien, explica que se deben tener tres puntos de atención antes de escoger donde colocar o a donde trasladar la CTS.
Fortaleza. Mundaca explicó que uno de los puntos importantes a tomar en cuenta es la fortaleza de la entidad, de manera que se pueda garantizar la seguridad de los fondos. "La fortalece es si es una entidad financiera con un buen respaldo y adicionalmente está cubierta por el seguro de depósito, eso hace que el riesgo sea muy bajo", precisó.
Tasa de Interés. El segundo punto que Mundaca recomienda tener en cuenta es la tasa de interés ofrecida por la entidad. Detalló que los bancos ofrecen un promedio de entre 3% y 4%, mientras que las entidades microfinancieras ofrecen entre 7% y 8%. "La caja te ofrece netamente tasa, mientras que los bancos te ofrecen otros producos adicionales lo que tenemos que hacer para poder elegir es cuál es lo que valoramos más", comentó.
Monto del depósitvo. En ese mismo sentido, agregó que si el monto de la compensación no es mayor a los S/96,571, la SBS protege el depósito con el Fondo de Seguro de Depósito (FSD) en caso de que la entidad financiera sufra un imprevisto financiero que afecta las a los clientes. En ese sentido, el fondo está protegido si es que se encuentra debajo de ese monto. "Hay que considerar que considerar que si nuestro fondo está por debajo de los S/92,000 aproximadamente, que es el limite del fondo del seguro de depósito nosotros no tenemos ningún tipo de riesgo", dijo.
Proceso de traslado. Mundaca detalló que para hacer el cambio de entidad donde se depositan los fondos, las personas pueden ir a la entidad financiera, solicitar la cuenta y esta luego puede informar automáticamente al empleador del cambio o el mismo trabajador puede llevar la solicitud a su trabajo.
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