Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Martes 15 de julio | (San Buenaventura) - "Jesús se puso a recriminar a las ciudades donde había hecho casi todos sus milagros, porque no se habían convertido"
EP 1031 • 00:11
Espacio Vital
Enfermedades catastróficas: ¿quién paga cuando tu salud cuesta más que tu sueldo?
EP 616 • 22:05
Informes RPP
Inseguridad, informalidad y poca capacidad de gasto: los grandes desafíos en las regiones del norte del Perú
EP 1306 • 04:40

Coronavirus en Perú: ¿Qué acuerdos se pueden hacer para el pago de alquiler?

El inquilino no puede tomar esta situación de aislamiento como excusa para dejar de pagar el inmueble alquilado.
El inquilino no puede tomar esta situación de aislamiento como excusa para dejar de pagar el inmueble alquilado. | Fuente: Andina

Quienes hayan alquilado un local comercial y no lo pueden usar debido al Estado de Emergencia podrían ser exonerados del pago.

La ampliación del estado de emergencia por 13 días más, y por ende la paralización obligatoria para negocios no esenciales, complica la situación financiera de miles de peruanos.

En el caso de las personas que tienen una vivienda o local alquilado, ¿cómo podrían acordar los propietarios e inquilinos para no afectar sus finanzas?

Existen una serie de acuerdo que pueden tomarse en estos casos, según explicó a Gestión el abogado Francisco Avendaño, especializado en derecho inmobiliario y socio del Estudio Avendaño.

El inquilino no puede tomar esta situación como excusa para dejar de pagar el inmueble alquilado. En estos casos el propietario puede iniciar las acciones legales en su contra.

“Si vivo en una casa o departamento alquilado estoy obligado a pagar la renta, no hay excusas. Si dejó de pagar la renta el propietario -dependiendo del contrato- podría iniciar una acción legal en mi contra”, indicó el especialista.

Sin embargo, ante la emergencia es una opción que, mientras dure la cuarentena, se deje sin efecto el pago de la renta y esto pasaría a pagarse en los siguientes meses.

Otra alternativa podría ser reducir el monto de la renta y aplazar la diferencia en los pago que se realizarán los próximos meses.

En el caso de los locales comerciales alquilados, al no poder hacer uso del inmueble se podría exonerar del pago, y se aplicaría el articulo 1306 del Código Civil.

Video recomendado

Tags

Más sobre Economía

Lo más leído

SIGUIENTE NOTA