Agregó que el Aporte por Regulación por ley corresponde pagar a las mineras sirve para financiar la fiscalización ambiental que sobre ellas ejerce el OEFA.
El Poder Judicial declaró improcedentes cuatro demandas de amparo presentadas por empresas mineras contra el Aporte por Regulación que percibe el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), informó la institución.
Las empresas Gold Fields La Cima S.A, Minera Aurífera Retamas S.A. y Compañía Minera Antapaccay S.A. demandaron ante juzgados constitucionales de la Corte Superior de Justicia de Lima la inaplicación del Decreto Supremo Nº 130-2013-PCM, del 19 de diciembre del 2013, que establece la alícuota del Aporte por Regulación que le corresponde percibir al OEFA de las empresas mineras.
"Tales empresas solicitaban la devolución de dicho tributo. Asimismo, Perubar S.A. presentó una acción de amparo, en los mismos términos, ante un juzgado civil de la Corte Superior de Justicia del Callao, el cual fue declarado improcedente", dijo el ente fiscalizador.
Agregó que el Aporte por Regulación por ley corresponde pagar a las mineras sirve para financiar la fiscalización ambiental que sobre ellas ejerce el OEFA, la cual permite garantizar una adecuada protección ambiental en el país.
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