El Poder Ejecutivo estableció este lunes 02 de mayo como día no laborable, luego del feriado del 01 de mayo por el Día del Trabajo.
Hoy, lunes 2 de mayo, es día no laborable, tras el feriado celebrado ayer por el Día del Trabajo.
Este es uno de los siete días no laborables decretados por el Gobierno con el fin de impulsar la reactivación económica y turística, dirigido principalmente para el sector público.
Los otros días no laborables de este 2022 serán el viernes 24 de junio, el lunes 29 de agosto, el viernes 7 de octubre, el lunes 31 de octubre, el lunes 26 de diciembre y el viernes 30 de diciembre.
Pero, ten en cuenta que un día no laborable no es igual a un feriado. A continuación te explicamos por qué:
Diferencia entre un día no laborable y un feriado
Los feriados y los días no laborables no son iguales, pues los feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno.
Si no laboras durante un día feriado, las horas no trabajadas no deben ser compensadas posteriormente. Sin embargo, en el caso de los días no laborables sí se aplica una devolución de horas no laboradas.
En el caso de los trabajadores del sector público, las horas dejadas de laborar durante los días no laborables serán compensadas en los 10 días posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.
Mientras que para los empleados del sector privado, que también pueden acogerse a la medida previo acuerdo entre empleador y trabajadores, la manera de compensación de horas debe ser coordinada con la empresa en la que se labora.
Los empleados deberán acordar con sus empleadores la forma en la que se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, por ejemplo laborando las horas pendientes un fin de semana o descontando ese día de salario. Pero, a falta de acuerdo, la empresa decidirá como se hará la compensación.
Asimismo, a quienes trabajen en los días no laborables no les corresponde una remuneración adicional, tal y como sí ocurre con los feriados.
Por otra parte, el Poder Ejecutivo también indica que en las actividades del sector privado se deben determinar los puestos de trabajo excluidos de día no laborable y los trabajadores que continuarán laborando con el objetivo de garantizar los servicios a la comunidad.
Entre los rubros que tiene que establecer puestos prioritarios están los servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos.
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