Laboralista Germán Lora explicó que el Poder Ejecutivo le ha cargado la responsabilidad al empleador de informar el monto intangible de la CTS de sus trabajadores a los bancos.
Los empleadores que no cumplan con informar a los bancos el monto intangible de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de sus trabajadores podrían ser sancionados por el Ministerio de Trabajo, advirtió el abogado laboralista Germán Lora.
Explicó que a través del Decreto de Urgencia 001-2014del Poder Ejecutivo, el cual reduce la intangibilidad de la CTS de 6 a 4 sueldos, se le ha cargado la responsabilidad al empleador de establecer y comunicar a las entidades financieras y bancarias cual es el monto intangible de cada trabajador.
“El Ministerio de Trabajo puede aplicar una multa por el incumplimiento de este deber, la propia norma establece que es un incumplimiento a la ley”, declaró en RPP Noticias.
Recordó que cuando la intangibilidad era de seis sueldos, los empleadores tenían que informar antes de mayo y antes de noviembre a los bancos el monto intangible de la CTS.
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