Desde el 28 de agosto, el cuarto grupo de Reintegro puede cobrar el monto de la devolución de aportes, el cual beneficia a 73,739 exaportantes. La medida prioriza a adultos mayores, personas con discapacidad, pensionistas de invalidez y casos de enfermedad grave.
La Comisión Ad Hoc, creada por la Ley N° 29625, ha aprobado el cuarto grupo de reintegro para la devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Esta nueva lista beneficia a 73,739 exaportantes, quienes ya tiene habilitado el pago desde el 28 de agosto del presente año.
► Fonavi, Reintegro 4: ¿Cómo verificar si puedo cobrar la devolución si soy heredero de fonavista?
La medida se oficializó mediante la Resolución Administrativa N° 490-2025/CAH-Ley 29625, publicada hoy en el diario oficial El Peruano. Este cuarto grupo de reintegro está compuesto por beneficiarios del primer al decimonoveno grupo de pago que ya habían recibido una devolución parcial de sus aportes.
Criterios de inclusión para el 4° grupo de reintegro
El padrón incluye a fonavistas titulares a partir de los 68 años. Además, se consideran los siguientes casos:
- Fallecidos de dicho grupo que, de haber estado vivos, cumplirían 89 años al 31 de julio del 2025.
- Aquellos que figuren en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad (Conadis).
- Quienes perciban pensión de invalidez de la ONP.
- Fonavistas que padezcan una enfermedad grave o terminal debidamente acreditada.
El monto total destinado para la devolución de aportes de este cuarto grupo asciende a S/ 255,055,274.54, según lo acordado por la Comisión Ad Hoc.
¿Dónde consultar si correspondo al Reintegro 4 de Fonavi?
La Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc será la encargada de la emisión y notificación del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (Cerad) a las personas incluidas en este grupo. El Cerad estará disponible de manera virtual en las páginas web de la Secretaría Técnica del Fonavi: www.fonavi-st.gob.pe o www.fonavi-st.pe. Los beneficiarios también podrán recabar su certificado a través de las plataformas de atención al fonavista.
El Banco de la Nación ha sido instruido para proceder con el pago correspondiente a los fonavistas que conforman el cuarto grupo de reintegro a partir de la fecha indicada.