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Gratificaciones: ¿Los trabajadores recién despedidos podrán cobrar este beneficio laboral?

El calculo sencillo sería: El monto que ganas (sin descuentos) dividido entre seis y multiplicado por los meses efectivamente trabajados.
El calculo sencillo sería: El monto que ganas (sin descuentos) dividido entre seis y multiplicado por los meses efectivamente trabajados. | Fuente: Andina

Conoce a quienes les corresponderá cobrar este dinero extra, que debe ser depositado por las empresas hasta el 15 de julio.

Este mes las empresas deberán pagar el monto equivalente a las gratificaciones de Fiestas Patrias a todos sus trabajadores en planilla.

De acuerdo con el abogado laboralista Germán Lora, el monto es calculado teniendo en cuenta dos factores:

- ¿Cuánto fue la remuneración que recibió el 30 de junio?
- ¿Cuántos meses ha trabajado completos en los últimos meses de enero a junio?

Por cada mes laborado, al empleado le corresponde la sexta parte del salario que gana sin descuentos. Esto se multiplica por los meses efectivamente trabajados.

Pero, ¿qué pasa si el empleado fue despedido o renuncia durante los primeros días de julio?

El economista Javier Pérez de Armas explica que estos trabajadores sí tendrán derecho a gratificación.

Si el empleado es despedido o renuncia esta semana, cuando aún no han entregado la 'grati', igual podrá percibir este dinero extra en su liquidación.

Incluso si el trabajador fue despedido antes, este deberá haber percibido sus gratificaciones truncas entre sus beneficios sociales.

Cabe recordar que las empresas tienen hasta el 15 de julio para depositar este monto a sus trabajadores activos o se les sancionará. 

El laboralista Germán Lora indica que las empresas, dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados, podrían ser multadas con un monto máximo de 26.12 UIT, equivalente a S/112,316.

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