La entidad financiera de origen ecuatoriano deberá pagar una multa de 90 UIT (S/ 463,500). Conoce qué ocurrió y cómo afectó a uno de sus usuarios.
El Banco Pichincha S.A.A. cometió un acto de discriminación al establecer que los consumidores deben tener como mínimo 21 años para acceder a sus productos financieros como préstamo personal, préstamo personal con garantía líquida y préstamo personal con garantía hipotecaria.
Así lo resolvió la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.
La Sala sancionó a la citada entidad con 90 UIT (equivalente a S/463 500); es decir, 30 UIT por cada producto financiero en el que estableció el rango de edad para contratación.
Es decir, se impusieron 30 UIT por el producto “Préstamo Personal”, 30 UIT por el “Préstamo Personal con Garantía Líquida” y 30 UIT por el “Préstamo Personal con Garantía Hipotecaria”.
Además, le impuso medidas correctivas para que capacite a sus trabajadores sobre prevención de discriminación en el consumo y la evaluación de los procedimientos internos para garantizar que los criterios de acceso a productos financieros no vulneren los derechos de los consumidores.
Esta decisión refuerza la protección de los derechos de los consumidores en el Perú y establece un precedente en el sector financiero.
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