Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Perú Debate
EP09 | T6 | Factores detrás de la violencia de pareja
EP 97 • 39:41
Por la causa
EP 30 | Nutrición explosiva
EP 30 • 09:28
Reflexiones del evangelio
Martes 14 de mayo | (San Matías, apóstol) - "Ustedes son mis amigos si hacen lo que yo les mando"
EP 632 • 12:15

Indecopi multa a Nestlé y Rinti por no mostrar verdadero contenido de sus productos en la etiqueta

El Indecopi señala que los nombres de los productos deben transmitir a los consumidores una idea correcta de lo que realmente contienen.
El Indecopi señala que los nombres de los productos deben transmitir a los consumidores una idea correcta de lo que realmente contienen. | Fuente: Indecopi

Tres productos de las marcas Ricocan y Félix deberás ser retirados del mercado hasta modificar sus etiquetas, ordenó el Indecopi.

Las empresas Nestlé Perú S.A. y Rinti S.A. fueron sancionadas por el Indecopi tras verificarse que tres de sus productos no tenían el etiquetado adecuado.

El Indecopi señala que los nombres de los productos evaluados daban a entender que estaban compuestos únicamente por determinados ingredientes, cuando en realidad contenían otros adicionales.

Se trata de dos productos de la marca Ricocan de Rinti y uno de la marcad Félix de Nestlé:

- “Félix Paté Salmón Completo y Balanceado” de 156 gr. no solo tenía salmón, sino también vísceras de cerdo, menudencias de pollo y/o pavo y carne de pescado.

- “Ricocan Cordero (Húmedo)” de 170 gr. también contenía derivados de res y ave, harina de carne, además de grasa animal y vegetal.

- “Ricocan Trocitos en salsa con Pollo y Verduras” de 330 gr., además contenía carne de cerdo y/o derivados de cerdo y plasma porcino.

Ante esto se ordenó retirar del mercado los lotes de estos tres productos hasta que las empresas cumplan con etiquetarlos de manera correcta, "a fin de salvaguardar el derecho de información de los consumidores".

Según indican, las empresas están incumpliendo el artículo 3 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, donde se indica que está prohibida "toda información o presentación u omisión de información que induzca al consumidor a error (...)".

Por ello, a parte de ordenar el cambio de etiqueta, se impuso una multa de 50 UIT (S/230,000) a Nestlé y una sanción de 20 UIT (S/92,000) a Rinti.

La entidad fiscalizadora agrega que esta decisión no afecta la libertad que tienen las empresas para decidir el nombre de sus productos como estimen más conveniente, pero estos deben n transmitir a los consumidores una idea correcta de lo que realmente contienen.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA