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'Mi bebito fiu fiu': ¿Una parodia debe pagar regalías? Esto dice APDAYC

La parodia está regulada en el artículo 49 de la ley de derechos de autor, indica APDAYC.
La parodia está regulada en el artículo 49 de la ley de derechos de autor, indica APDAYC. | Fuente: Tito Silva / Facebook

Esta semana se reportó que el tema producido por Tito Silva Music, basado en una canción de Eminem y Dido, fue retirado de Spotify, pero ¿a que se debería?

En los últimos días el tema de Tito Silva titulado 'Mi bebito fiu fiu' se convirtió en un éxito a nivel mundial en las redes sociales, al punto de llegar al primer lugar del ranking "Viral 50 Global" de Spotify.

Sin embargo, luego del fugaz éxito la canción fue retirada de la plataforma musical, salida que se habría originado por un problema de derechos de autor.

Recientemente Tito Silva reconoció que la melodía de su tema se basó en la canción 'Stan', de autoría de Marshall Mathers (Eminem) y Dido Armstrong, pero se acogió a la figura de parodia, por lo que comentó que no sería ilegal.

“Nosotros sabemos que hay un tema detrás, que estamos agarrando un tema que ya existe es una canción conocida que se llama Stan, pero (esto) es una parodia y cómo es una parodia entonces según las leyes, y espero no estar equivocado, entiendo que es totalmente legal y totalmente licito hacer parodias sin necesidad de un permiso”, dijo Silva en un show con Luis Carlos Burneo.

La parodia está regulada en el artículo 49 de la ley de derechos de autor, pero ¿por este tipo de temas se deben pagar derechos? Ruben Ugarteche, director general de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC), comentó a RPP.

"Para uso dentro del territorio peruano no se requiere autorización para hacer lo que hizo, pero sí se genera un pago ¿cuál pago? El pago que establezca el autor afectado, tanto el autor de la letra como el autor de la música y de la monetización que se haga también se le tiene que dar una parte", explicó.

Ugarteche señala que el pago debe realizarse aunque no se esté monetizando con la parodia publicada.

"Igual como estoy difundiéndolo la ley de derechos de autor condiciona una compensación económica por haber usado la propiedad intelectual. No se requiere la autorización para hacerlo, pero para hacerlo hay que pagar", sostiene.

El vocero de APDAYC señala que el caso es distinto si se trata de una obra que es difundida solo en el Perú.

"Si esto se difunde en otros países dónde sus leyes de derechos de autor no establecen esa liberalidad de que puedas hacer parodias sin permiso podrían demandarte ante las autoridades de esos países. Si nos ponemos en el supuesto de que es una obra derivada y no se considera una parodia podríamos enfrentarnos a una violación de derechos de autor, por eso probablemente Spotify haya levantado de su plataforma esta canción (...) En el tema de redes sociales básicamente se opera con el sistema que estableció la Digital Millennium Copyright", explicó.

"No se puede hacer una nueva versión sin permiso del autor. Así esté el autor en China, en Japón o en Estados Unidos se requiere autorización previa", agregó.

El representante de APDAYC recordó que la autoría de la canción original no solo implica a los cantantes y compositores, sino también a la editorial, que en este caso es una multinacional.

Ugarteche recordó que la parodia está regulada en el artículo 49 de la ley de peruana de derechos de autor y establece que cuando uno hace una parodia no requiere pedir permiso al autor de la obra, pero para ello deben cumplirse ciertas condiciones: Que no implique riesgo de confusión con la obra que se está parodiando, que se sepa que es una parodia y tampoco se infiera un daño a la obra original o a su autor, y que no genere perjuicio de la remuneración al autor de la obra que se está utilizando.

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