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Municipalidad de Lima ya no podrá exigir carné de salud para actividades económicas

Exigían que las personas que brinden servicios atendiendo al público cuenten con un carné de sanidad.
Exigían que las personas que brinden servicios atendiendo al público cuenten con un carné de sanidad. | Fuente: Andina

Indecopi sostiene que la decisión no significa desconocer la facultad de la Municipalidad de Lima ni de las municipalidades distritales para efectuar controles de fiscalización en materia de saneamiento, salud y salubridad.

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Tribunal del Indecopi declaró barrera burocrática ilegal la exigencia de tramitar carnés sanitarios o de salud para realizar actividades económicas en Lima Metropolitana, enfatizando en lo siguiente:

“Si bien la Ley 26842, Ley General de Salud contempla la posibilidad de solicitar a las autoridades la emisión de un carné de salud, ello no es obligatorio para el ejercicio de sus actividades económicas vinculadas a la atención al público y manipulación de alimentos”, sostiene Indecopi.

La Municipalidad Metropolitana de Lima y de Pueblo Libre exigen que las personas que brinden servicios atendiendo al público o manipulando alimentos cuenten con un carné de sanidad. Esta exigencia es ilegal puesto que la Ley General de Salud no contiene dicha obligación, según Indecopi.  

“Por el contrario, la mencionada ley prohíbe expresamente que las autoridades de la Administración Pública exijan contar con carné sanitario o de salud como condición para el ejercicio de actividades profesionales, de producción, de comercio o afines”.

En la resolución de Indecopi se menciona que la decisión adoptada no desconoce de ninguna manera las facultades de las municipalidades para fiscalizar el cumplimiento de lo que sí está regulado en las leyes y en las normas sanitarias pertinentes; y que por lo tanto sí puede ser exigido.

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