La iniciativa, promulgada por el Congreso, permitirá que empleados puedan decidir si mantiene vigente su seguro tras el cese de una relación laboral.
El Congreso de la República promulgó la ley Nº 31149, que permitiría que los trabajadores mantengan su seguro de vida ley después de ser terminar una relación laboral.
La iniciativa, aprobada por insistencia, faculta a las personas a decidir si mantienen o no el seguro de vida ley en un plazo de 60 días calendario, contados desde el termino de su contrato.
En caso el trabajador decida mantener este seguro de vida, que originalmente es contratado por el empleador, deberá solicitarlo por escrito a la empresa aseguradora.
Si se decide por continuar con el seguro tendrá que efectuar el pago de la prima en el periodo de su elección (mensual, trimestral, semestral o anual), la cual se calcula sobre la cantidad de la última remuneración percibida.
De esta manera la aseguradora suscribirá un nuevo contrato con el trabajador estableciendo una prima que no podrá ser mayor a lo que abonaba el anterior empleador antes del termino de la relación laboral.
Según indican, este seguro deberá mantener las mismas condiciones del contrato de seguro que tenía el ciudadano mientras aún laboraba y "mantiene su vigencia de acuerdo al plazo que establece la Ley 29946, Ley del Contrato de Seguro".
Por el momento queda pendiente que el Poder Ejecutivo adecue, en un plazo de 60 días, el reglamento de la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales para que esté acorde a lo establecido en esta nueva ley.
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