La pensión por consumo impulsará las compras en comercios formales, erradicando progresivamente la informalidad en el país. Conoce en qué consiste esta reforma de pensiones.
Dentro de la Ley de Modernización del Sistema Previsional, se ha incorporado a la pensión por consumo, una de las propuestas más destacadas por los expertos analistas. Esto se debe a que se propone que un porcentaje del gasto que realizan los ciudadanos en las compras diarias serán destinadas al fondo de jubilación.
¿En qué consiste la pensión por consumo?
La pensión por consumo permitirá que el 1 % del valor de las compras realizadas con boleta electrónica en cualquier establecimiento, sea destinado al fondo de pensiones del consumidor.
La norma menciona que la boleta electrónica debe contener "el o los nombres y apellidos de la persona natural y su número de documento nacional de identidad (DNI) correspondiente".
Este aporte por consumo se financiará con recursos del tesoro público consignados y autorizados en el presupuesto público de cada año.
El Sistema Privado de Pensiones (SPP) administrará la pensión por consumo mediante una cuenta sujeta al pago de una comisión. Esta se calculará con anualmente y será equivalente al 1 % de la sumatoria de los importes de la venta.
Es importante mencionar que una persona puede acumular el monto máximo de S/412 por mes. Asimismo, la norma indica que “no se considerarán boletas de venta electrónicas cuyos importes de venta, cesión en uso y/o servicio prestado sean superiores a S/ 700″.
“Se excluyen del cálculo de la pensión por consumo los comprobantes de pago originados por la adquisición de equipos, vehículos y maquinarias, entre otros que el reglamento disponga”, menciona la norma.
El aporte cesará cuando el afiliado accede a una prestación previsional de acuerdo al SNP o SPP o cumpla los 65 años. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) proporcionará al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la lista de las personas naturales que se considerarán para otorgar la pensión por consumo.
Finalmente, en cuanto a la fecha de inicio, el decreto supremo explica que “se aprueba el reglamento, para la adecuada aplicación e implementación de la presente ley, en un plazo no mayor a 180 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación”.
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