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¿La Ley MAPE combate la minería ilegal? Esto dicen los expertos

Con la presentación de la Ley MAPE, el Ejecutivo espera que el plazo del Reinfo no sea ampliado
Con la presentación de la Ley MAPE, el Ejecutivo espera que el plazo del Reinfo no sea ampliado | Fuente: Andina

Se espera que la presentación de la Ley MAPE anule el Reinfo, que se tenía previsto analizar su ampliación hasta el 31 de diciembre de este año. ¿Esta medida erradicaría la minería ilegal?

El Gobierno presentó la esperada Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), con la que se planea anular la ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). Sin embargo, esta medida no tendría mucho impacto en la minería ilegal, como muchos peruanos esperaban.

Paola Bustamante, directora de Videnza Instituto, conversó con RPP y aclaró que "la Ley MAPE no es una ley que combate la minería ilegal porque para eso hay las normas de minería ilegal. Si alguien espera que la Ley MAPE combata la minería ilegal, es un error porque con esta medida, se regula la pequeña minería y la minería artesanal formal".

Bustamante menciona que esta ley determina cuál es el rol del Estado para apoyar a la minería artesanal y a la pequeña minería; además, señala que el Ministerio de Energía y Minas tiene la rectoría sobre este tipo de actividades, algo que antes no se presentaba.

"Teníamos la expectativa de que sea un proyecto de ley vinculado al proceso de formalización, pero no. Va a normar sobre la pequeña minería artesanal", resalta.

¿De qué se trata la Ley MAPE?

Mayra Figueroa, directora general de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, se presentó en La Rotativa del Aire por RPP  y dio a conocer de qué se trata esta propuesta del Ejecutivo.

"Está orientado a que cualquier persona natural o jurídica que quiera desarrollar actividad de pequeña minería y minería artesanal, lo haga cumpliendo con las condiciones establecidas en la norma. Se requiere el cumplimiento de las condiciones que en la ley se van a poner para que puedan desarrollar actividad minera", dijo.

Además, precisó que este proyecto de ley "establece una transitoriedad desde que se publica, se le otorga un plazo a las Direcciones Regionales para que puedan tramitar todos los expedientes pendientes de seis meses y luego tienen 60 días hábiles para remitirlo al Ministerio de Energía para que pueda culminar con los procesos encaminados, respetando el marco legal vigente".

En cuanto a las acciones de supervisión y fiscalización, las entidades responsables serán el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) y Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

La experta comenta que el Minem se reunió con los mineros artesanales sobre los plazos de tiempo que se estaban proponiendo; sin embargo, "no fue algo que los mineros les preocupaba en estos procesos de socialización".

Posteriormente, les llegaron propuestas mencionando de que este plazo de tiempo era corto, por lo que solicitaban que se amplíe de 1 a 2 años. 



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