Se reducirán los plazos, de 10 a 7 días hábiles, del que dispone la AFP para remitir el desembolso de los fondos a la entidad financiera, tanto en los casos de cuota inicial como de amortización.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy una resolución que facilita a los afiliados a una AFP, el acceso al 95.5% de sus fondos al momento de jubilarse, o al 25% para la compra de un primer inmueble, a fin de mejorar el servicio.
En el tema de la disponibilidad de hasta el 95,5% de los fondos disponibles en la cuenta individual de capitalización (CIC) al momento de jubilarse en el Sistema Privado de Pensiones, la resolución de la SBS tiene por objetivo mejorar los estándares de servicio de la AFP al afiliado. “De modo tal que bajo los efectos de la Ley 30425 y sus modificatorias, cuenten con un mayor abanico de posibilidades acerca de cómo establecer su protección en la etapa de la vejez”, indicó el ente supervisor.
Beneficios. De esta manera, la propuesta normativa busca dar facilidad a los afiliados para que decidan libremente si desean retirar sus fondos en “armadas”, al momento en que optan por acercarse a la AFP al momento de jubilarse, sin limitación alguna, respecto a definir previamente un número o plazo determinado para ello.
Asimismo, se facilita al afiliado su proceso de toma de decisiones, de modo tal que tenga mayores espacios y tiempos para decidir por una mejor combinación de cómo proteger su vejez, en la medida que pueda efectuar retiros parciales –en las oportunidades que considere- antes de decidir por un producto previsional o decidir retirar el 95.5% de su fondo.
Otra de las propuestas plantea reforzar los temas de información respecto de los efectos que se derivan por el retiro del 95.5%, de modo tal que puede conocer plenamente sus derechos y obligaciones en atención de salud, para sus potenciales beneficiarios.
Inmuebles. Para el caso de la disponibilidad de hasta el 25% del fondo de pensiones para el pago de la cuota inicial o amortización de un crédito hipotecario, para comprar un primer inmueble, la resolución busca una mejor interacción entre afiliados, AFP y entidades financieras.
La resolución establece que para realizar el trámite que haga posible acceder al uso de un porcentaje de los fondos de pensiones para la compra de un primer inmueble, se ha dispuesto que el afiliado acuda directamente a la entidad financiera para solicitar el Reporte de Búsqueda de índices que provee la SUNARP.
Reducción de plazos. De igual forma, se establece un plazo de 15 días hábiles a la entidad financiera para que emita el “Documento de pre-conformidad” que se entrega al afiliado. Asimismo, se facilitan los trámites asociados al requerimiento del fondo disponible para la compra de un primer inmueble por parte de un afiliado, de modo que pueda ser expresado en soles o en porcentaje respecto del valor del fondo de pensiones.
Finalmente, se reducen los plazos, de 10 a 7 días hábiles, del que dispone la AFP para remitir el desembolso de los fondos a la entidad financiera, tanto en los casos de cuota inicial como de amortización. (Andina)
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