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Sunat: 30 mil empresas de turismo podrán aplazar sus deudas tributarias por 12 meses

Este beneficio aplicará a las empresas del sector turismo cuyos ingresos anuales no superaron las 2,300 UIT (S/ 9 millones 660 mil) en el año 2019.
Este beneficio aplicará a las empresas del sector turismo cuyos ingresos anuales no superaron las 2,300 UIT (S/ 9 millones 660 mil) en el año 2019. | Fuente: Andina

La Sunat informó que las empresas del sector tendrán hasta el próximo 30 de junio para acogerse al régimen de aplazamiento y/o fraccinamiento.

Unas 30,000 empresas del sector turismo que tengan deudas tributarias o con el Seguro Social de Salud (EsSalud) podrán aplazarlas o fraccionarlas para aliviar su situación financieras, según informa la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

A través del RAF Turismo, las empresas podrán aplazar sus deudas por 12 meses y/o fraccionarlas por 36 meses, con una tasa de interés preferencial mensual de 0.27%.

Esta facilidad, coordinada con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), aplicará para aquellos negocios cuyos ingresos anuales no superaron las 2,300 UIT (S/ 9 millones 660 mil) en el año 2019.

Entre las empresas que aplicarán a este beneficio están los servicios de hospedaje, agencias de viajes y turismo, agencias operadoras de viajes y turismo, de transporte turístico, guías de turismo, restaurantes, centros de turismo termal y/o similares, servicios de turismo de aventura ecoturismo o similares; así como los artesanos.

La mayoría de negocios que podrá acceder a esta medida se ubican en Cusco (10,700), Lima (5,600), Puno (1,900), Arequipa (1,462) y San Martin (1,297).

¿Cómo solicitarlo?

El tramite para acogerse a este RAF - Turismo se realiza a través de internet ingresando a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.

Debes seleccionar la opción “Solicito Fraccionamiento RAF - TURISMO” y dentro de ella el Formulario Virtual N° 1706 - “Formulario Virtual de Fraccionamiento - RAF - TURISMO”.

Previamente el solicitante debe obtener la deuda personalizada, una vez obtenida, ésta se cargará en el Formulario Virtual N° 1706. Luego se debe elegir si se acoge al aplazamiento, fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento.

Las empresas tendrán hasta el próximo miércoles 30 de junio para acogerse a este beneficio.

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