Para que se pueda suspender, extinguir o perder una patria potestad tiene que existir un hecho bastante grave que los padres puedan haber cometido.
La abogada de familia Doris Blas, explicó que la patria potestad no se pierde solo porque la persona renuncia a este derecho, sino que debe ser declarada judicialmente, pero para ello hay causales para suspenderla o perderla.
En la secuencia Familia y Justicia de RPP, la especialista precisó que para que este derecho sea sustraído a alguno de los padres debe haber medios probatorios ocasionados por ciertas conductas inadecuadas que hayan cometido en contra de sus hijos.
Agregó que en este caso se le retira al padre infractor todos los derechos y obligaciones excepto el derecho a la pensión alimenticia que es de proveer un aporte económico para la manutención de los hijos.
“Para que se pueda suspender, extinguir o perder una patria potestad tiene que existir un hecho bastante grave que los padres puedan haber cometido en agravio de sus hijos”, insistió la doctora Blas.
La experta en familia anotó que al retirarse la patria potestad a ambos padres se tiene que nombrar a una persona, que puede ser un familiar, para que se haga cargo del niño o niña de lo contrario será derivado a una institución del Estado para que reciba los cuidados necesarios.
Sin embargo, indicó que cuando se retira la patria potestad generalmente no se hace a los dos padres sino a uno de ellos para que el otro asuma el derecho de la crianza del menor.
En la secuencia Familia y Justicia, recordó que la patria potestad es irrenunciable y solo puede ser suspendida o extinguida al padre por orden judicial.
La doctora Doris Blas, manifestó que la patria potestad tiene que ver con los derechos y también con las obligaciones de los padres con los hijos o la persona que se hace cargo por falta de padres relacionados a su sustento, educación, alimentos y una buena formación.
En cambio, dijo el derecho de tenencia es el cuidado directo aquel padre o madre que vive directamente con el niño o niña.
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