Si se tienen las pruebas de infidelidad se podrá interponer un divorcio invocando la causal de adulterio, y se puede solicitar una indemnización por daños y perjuicios.
Milagros García, abogada de familia, recordó que si estamos ante una infidelidad se está hablando de un adulterio que tiene que probarse ya que el cónyuge ofendido puede solicitar una indemnización por daños emocionales, psicológicos e incluso económicos ocasionados.
“Todo depende en qué medida este accionar impacta al cónyuge afectado, porque debemos tomar en cuenta que el impacto es diferente en distintas personas”, precisó la especialista.
Comentó que si el infiel, por ejemplo, es un funcionario constituye una situación diferente, ya que es un tema de confianza sujeta a cuidar su imagen pública porque representa al Estado en el ámbito donde se desenvuelva.
La abogada García recordó que si se tienen las pruebas de infidelidad se podrá interponer un divorcio invocando la causal de adulterio, solicitando una indemnización por daños y perjuicios.
Advirtió que hay casos en los que se acusa a la pareja de infidelidad, pero resulta que no es cierto, en ese caso se está vulnerando el honor y la reputación de esta persona lo cual constituye una injuria.
La especialista en familia precisó que en el caso de que todas las acusaciones que se le atribuyen por infidelidad a uno de los cónyuges sean ciertas, sus acciones están generando consecuencias nocivas para los hijos y si éstas son reveladas por los medios de comunicación se puede tomar acción y solicitar divorcio por adulterio y el impacto que está teniendo en la prole.