Para iniciar el proceso por adulterio se tiene que redactar una demanda que se presentará ante el Juzgado de Familia del distrito donde vive el demandante.
La abogada de familia Janet Biaggi explicó que existen plazos que establece la ley para interponer un divorcio por causal que son seis meses desde conocido el hecho y cinco años desde ocurrido el mismo.
“No es que eternamente una persona pueda establecer un proceso por adulterio ya que hay plazos que establece la norma”, sostuvo la especialista en la secuencia Familia y Justicia de RPP.
La doctora Biaggi agregó que para iniciar el proceso por adulterio se tiene que redactar una demanda que se presentará ante el Juzgado de Familia del distrito donde vive el demandante.
Anotó que en la demanda se tiene que detallar cronológicamente desde cuando están casados, cuántos hijos tienen, los bienes que poseen y demostrar con pruebas la el adulterio cometido por el otro cónyuge. “Por ejemplo en el adulterio una prueba fehaciente es un hijo extramatrimonial”, explicó en el espacio Familia y Justicia.
Janet Biaggi añadió que al ser demandado el esposo o la esposa puede perder la patria potestad de los hijos menores de edad y la parte afectada puede solicitar una indemnización por el daño moral, emocional y psicológico causado por la situación.
Asimismo, puede perder los bienes de la sociedad conyugal y la parte afectada puede pedir la adjudicación de los bienes por el daño que causó a la familia.
“Lo importante al momento de demandar es presentar pruebas como por ejemplo la partida de nacimiento de un hijo fuera del matrimonio u otra prueba puede ser una foto saliendo de un hotel del esposo o la esposa con la persona con quien viene cometiendo la infidelidad”, sostuvo la abogada de familia.
La abogada de familia indicó también que en caso la pareja convivia y no hayan inscrito la unión de hecho ante una notaría luego de separarse, deben efectuar el trámite para el tema de la repartición patrimonial.
En la secuencia Familia y Justicia precisó que si hay niños pueden realizar una conciliación si terminan la relación en buenos términos; de lo contrario, deben acudir al Poder Judicial e interponer una demanda de pensión de alimentos ante el Juzgado de Paz Letrado y una demanda de tenencia.
Comparte esta noticia