En entrevista con RPP, el fiscal señaló que con la nueva ley aprobada por el Congreso y que modifica el Código Penal, Agustín Lozano ya no será investigado por crimen organizado.
El fiscal provincial de crimen organizado Juan Orihuela afirmó que nueva Ley 32138, aprobada por el Congreso, ha causado que Agustín Lozano ya no sea investigado por organización criminal en el caso ‘Los Galácticos’.
"Este caso de la FPF es un ejemplo claro y concreto de que esa ley dada por el Congreso está atando de manos a la Fiscalía de crimen organizado y a cualquier otro despacho fiscal que tenga competencia en crimen organizado para investigar esta clase de delitos. Este caso que se vino construyendo y trabajando bajo el amparo de la norma tal y como estaba antes de la modificación hecha por el Congreso", afirmó en 'La Rotativa del Aire' de RPP.
Orihuela explicó que con la nueva Ley 32138 se modificó el articulo 317 del Código Penal para la definición de crimen organizado y ha generado un problema en muchas investigaciones relacionadas con delitos ambientales, de estafa, entre otros.
"Muchos delitos como el fraude en la administración de personas jurídicas, corrupción privada, delitos ambientales, de estafa, tráfico de influencias, ya no podrán ser investigados en el marco de una organización criminal como está ocurriendo en el caso de la Federación Peruana de Fútbol, que básicamente son delitos de fraude", añadió.
El fiscal señaló que investigación a Agustín Lozano por lavado de activos continuará su curso.
Defiende pedido de detención preliminar
Orihuela señaló que si bien había vigencia de la Ley 32138, ellos solicitaron la prisión preventiva para Lozano y otros dirigentes de la FPF avalados en un principio por pronunciamientos hechos por juzgados como el de Chávez Tamariz y Concepción Carhuancho que establecían que no era aplicable la norma porque contravenía leyes internacionales.
"Nuestro requerimiento de detención preliminar se dio antes a la casación que establece la Corte Suprema. Tuvimos que ajustar el enfoque porque estábamos en igual criterio que habían establecido los jueces que no aplicaron la norma; sin embargo, ya con la casación y lo resuelto por la Quinta Sala Penal, que toma en consideración lo que dice la Corte Suprema, dicen que el convenio de Palermo no se ve transgredido por la Ley 32138", expresó.
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