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Fiscalía deja sin efecto acusación por organización criminal contra Agustín Lozano en caso 'Los galácticos'

Agustín Lozano, presidente de la Federación Peruana de Fútbol, junto a su abogada Giulliana Loza.
Agustín Lozano, presidente de la Federación Peruana de Fútbol, junto a su abogada Giulliana Loza. | Fuente: Andina

RPP accedió a un pronunciamiento en el que Fiscalía adecúa el tipo penal de la acusación por el delito de organización criminal contra el presidente de la Federación Peruana de Fútbol.

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El Ministerio Público dejó sin efecto su acusación por el delito de organización criminal contra el presidente de la Federación Peruana de Fútbol, Agustín Lozano, en el marco del caso ‘Los galácticos’ por el cual se le detuvo preliminarmente por 12 días.

Mediante un pronunciamiento fiscal al que accedió RPP, el Tercer Equipo de la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada adecúa el tipo penal de los hechos investigados al concurso real de delitos con la agravante genérica de pluralidad de agentes.

Así, dicho despacho fiscal declara su inhibición de actuar en el proceso contra Agustín Lozano y los demás investigados en el caso ‘Los galácticos’.

Decisión previa

Al respecto, el estudio de abogados que representa a Lozano, se refirió a la decisión de la Sala Penal de Apelaciones que dejó sin efecto la detención preliminar de Agustín Lozano, con la que se estableció que la imputación no cumplía los estándares actuales que exige el tipo penal de organización criminal, establecidos en el artículo 317 del Código Penal.

“La Sala destacó que la Ley N°. 32138 no contradice la convención de Palermo. Por el contrario, su rigurosidad al exigir mayores estándares en la tipificación del delito de organización criminal refuerza el principio de legalidad”, precisaron.

Delitos por los que se investiga a Agustín Lozano

En declaraciones a RPP, la abogada Giulliana Loza indicó que ya fueron notificados de esta decisión, por la cual dijo que se han adecuado los hechos que venía investigando por otros tipos penales “de menor intensidad”.

“Se han adecuado el tipo penal a que se sumen los hechos por concurso real para los delitos que quedan, fraude en la administración de personas jurídicas, coacción, corrupción en el ámbito privado y encubrimiento personal, ya no organización criminal. Y lavado de activos, claro, que era el otro tipo que estaba previsto de manera aislada”, dijo.

En esa línea, la letrada explicó que el Tercer Equipo de la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada derivará la investigación a otro despacho fiscal para que se investiguen los demás delitos.

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Sebastián Acosta

Sebastián Acosta Periodista

Profesional con 9 años de experiencia en coyuntura política. Trabajo también en la cobertura de temas de actualidad.

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