El TC dictaminó que el Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo de 60 días, deberá emitir un decreto supremo en el que se establezca dicha metodología.
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Estado el pago de una indemnización a quienes se vieron afectados por la reforma agraria que se ejecutó hace más de 50 años bajo la expropiación de tierras durante el gobierno de Juan Velasco Alvarado.
El máximo intérprete de la carta magna adoptó esta medida al anular la resolución que emitió la Primera Sala Civil de Lambayeque, el 10 de diciembre del 2021, que declaró inaplicable lo dispuesto en el Anexo 1 del Decreto Supremo 242 – 2017 EF, que ordenó que se realice una actualización de la deuda correspondiente a los bonos de la deuda agraria.
El TC declaro “fundada” una demanda de amparo que presentó la defensa legal de los denominados “bonistas agrarios” contra dicha sala civil de Lambayeque y el procurador público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) por una presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso, en su manifestación de la debida motivación de las resoluciones judiciales, y de propiedad, así como a recibir una indemnización justipreciada por la expropiación.
Asimismo, ordenó a dicho órgano jurisdiccional que emita un nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos expresados en la presente sentencia respecto a la actualización de los bonos de la deuda agraria de acuerdo con el principio valorista.
Asimismo, el Tribunal Constitucional ordenó al Ministerio de Economía y Finanzas que, en un plazo de sesenta días, cumpla con emitir un decreto supremo con una nueva metodología de actualización y un nuevo procedimiento administrativo de registro, actualización y forma de pago, que se encuentre en concordancia a lo señalado en los fundamentos 44 y 45 de la presente sentencia.