En un comunicado, el organismo recordó las posturas contrarias del Poder Judicial, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
La Defensoría del Pueblo expresó su firme rechazo a la autógrafa de ley que declara a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal por delitos graves.
La iniciativa, recaída en los proyectos de ley 618, 6080, 7771 y 8166, que modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, fue aprobada en segunda votación por el Congreso de la República el 7 de noviembre del 2024.
Respecto a esta iniciativa, la Defensoría del Pueblo indicó en un comunicado que el Poder Judicial -como actor principal en el sistema de justicia y garante de los derechos fundamentales- ha emitido una opinión desfavorable.
Esta posición, mencionó, también ha sido respaldada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en concordancia con lo señalado por dicha institución en el Documento Defensorial N.° 001-2024-DP/ANA, emitido en julio de 2024.
Asimismo, detalló que en el referido dictamen no se consigna respaldo alguno por parte de instituciones públicas ni de organizaciones de la sociedad civil.
A ello, añadió que el tratamiento de estos temas, al involucrar a personas menores de edad, requiere un análisis jurídico riguroso, coherente con la finalidad protectora de la norma, y respetuoso del marco constitucional y convencional vigente.
🔴#Comunicado Solicitamos al Poder Ejecutivo la observación de la autógrafa de ley que incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal por ser inconstitucional.
— Defensoría del Pueblo (@Defensoria_Peru) April 12, 2025
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La Defensoría del Pueblo afirmó que su informe destaca, desde un enfoque científico y criminológico, que la responsabilidad penal atenuada en adolescentes cuenta con un sólido respaldo de la psicología evolutiva y las neurociencias “tal como lo ha indicado el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas”.
Sostuvo, además, que el dictamen aprobado vulnera el principio de igualdad, al contradecir lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), cuyo artículo 1 define como “niño” a todo ser humano menor de dieciocho años, por lo que esta norma internacional establece un régimen especial de derechos, deberes y garantías para todas las personas en esta franja etaria, justificado por su proceso de desarrollo físico y psicológico.
“Dentro de este marco, se implementa un sistema de responsabilidad penal juvenil, distinto de los adultos, que debe aplicarse sin discriminación alguna a todos los menores de 18 años en igualdad de condiciones”, sostuvo según lo señalado por el Comité de los Derechos del Niño.
Finalmente, afirmaron que -desde una perspectiva de derechos humanos- estas iniciativas legislativas ignoran la especial condición de vulnerabilidad de los adolescentes, así como el deber del Estado y la sociedad de brindarles una protección reforzada, conforme al mandato constitucional.
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