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JEE Lima Centro concluye que Yessenia Lozano, 'hija política' de César Acuña, sí vulneró el principio de neutralidad electoral

JEE Lima Centro 1 resolvió que caso de la hija política de César Acuña sí vulneró el principio de neutralidad.
JEE Lima Centro 1 resolvió que caso de la hija política de César Acuña sí vulneró el principio de neutralidad. | Fuente: RPP

El Pleno del JEE Lima Centro 1 resolvió que Yessenia Lozano Millones, trabajadora del Congreso de la República y autodenominada 'hija política' de César Acuña, sí vulneró el "principio de neutralidad" al colocar en su oficina un cuadro del líder de Alianza para el Progreso. Además, deriva caso al Ministerio Público, Congreso y Contraloría para las "acciones correspondientes".

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El Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 resolvió que Yessenia Lozano Millones, jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso de la República, afiliada al partido Alianza para el Progreso, sí vulneró el principio de neutralidad electoral al colgar una fotografía del actual gobernador regional de La Libertad, César Acuña, en su oficina. 

Según la resolución del JEE a la que accedió RPP, "la señora Jaqueline Yessenia Lozano Millones (...) ha incurrido en la infracción contenida en el numeral 32.2.4 el que establece la prohibición de “Hacer propaganda a favor de alguna agrupación política o candidato, o campaña en su contra”, de conformidad a los considerandos expuestos en la presente resolución".

Tras la denuncia presentada por el ciudadano Tomás Alva contra Lozano por infringir la norma electoral, se pudo detectar que, dentro de la oficina de la trabajadora del Parlamento, se encontraba una imagen del fundador del partido político Alianza para el Progreso así como el logotipo que identifica a esta organización. 

El JEE Lima Centro 1 también dispuso que se envíe el caso con todos los documentos incluidos al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y al Congreso de la República para que "dichas instituciones procedan conforme sus atribuciones, una vez consentida y/o ejecutoriada sea la presente resolución". 

Resolución del JEE Lima Centro 1 sobre caso Yessenia Lozano Millones, hija política de César Acuña.
Resolución del JEE Lima Centro 1 sobre caso Yessenia Lozano Millones, hija política de César Acuña. | Fuente: RPP

Estos fueron los argumentos para determinar infracción

El principio de neutralidad está definido en la Ley Orgánica de Elecciones y en el Código de Ética de la Función Pública. En estos, se indican las prohibiciones que tienen las autoridades políticas o públicas, servidores y funcionarios respecto a las normas sobre neutralidad en el periodo electoral [que ya fue convocado el 26 de marzo de este 2025 por la presidenta Dina Boluarte]. 

En base a ello, el JEE Lima Centro considera que sí se vulneró la neutralidad, al realizar propaganda electoral no solo "al tener un cuadro donde se puede observar la imagen del señor César Acuña, fundador de la organización política Alianza para el Progreso, sino que se aprecia como elemento relevante, el nombre y el logo [A], vinculándolos así de manera directa". 

El órgano del JNE agrega que el espacio donde se encontró el cuadro es "una instalación pública que tiene como función principal la formación profesional y la mejora de la empleabilidad de los jóvenes en un contexto regulado y con el apoyo del Estado, para el cual debe garantizarse su neutralidad; puesto que no se trata de una oficina partidaria donde se puede demostrar la afinidad política", indican. 

Además, el colegiado considera como elemento agravante que la señora Yessenia Lozano Millones, sea actualmente personera legal alterna nacional de APP; "pues le es inherente al cargo que ostenta, el conocimiento de las normas que rigen en todo proceso electoral tal es el caso, de las Elecciones Generales 2026".

En sus descargos, Yessenia Lozano indicó que "la simple presencia de un cuadro con una imagen de un líder político, sin un acto activo de convocatoria, persuasión o adhesión, no constituye proselitismo político" y que "no se ha demostrado intención en beneficiar a un partido o influenciar electores" pues no se le encontró realizando alguna acción con la finalidad de conseguir un resultado electoral. 

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Paloma Verano

Paloma Verano Periodista de RPP Data

Bachiller en Ciencias y Artes de la Comunicación de la PUCP con mención en Periodismo. Especializada en la cobertura de temas de género, transporte, políticas públicas y medio ambiente. Más de 10 años de experiencia profesional en medios escritos, televisivos y digitales.

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