El congresista del Partido Aprista Peruano, Javier Velásquez Quesquén, explicó que su propuesta tiene la finalidad de vigilar a todos los procesados que hayan incurrido a este delito.
A propósito de la excarcelación de la terrorista Martha Huatay, quien salió en libertad la noche del lunes sin haber pagado su reparación civil, el congresista Javier Velásquez Quesquén ha presentado un proyecto de ley que establece tres restricciones para los condenados por terrorismo. “Hay algunos que trabajan en la función pública y eso se debe a la rehabilitación que se le está brindando”.
El congresista explicó a RPP Noticias que la medida que propone tiene cuatro puntos específicos:
1. La imprescriptibilidad del cobro de la reparación civil. Quesquén explicó que el Estado tiene todo el derecho a cobrarle a todos los excarcelados por terrorismo la reparación civil. “Son alrededor de S/. 5 mil millones lo que nos deben todos los terroristas condenados”.
2. La figura de la compensación. Sobre este punto, el aprista mencionó que hay algunos procesados por terrorismo que llevan sus casos a la Corte Interamericana y terminan ganándole al Estado. “Con este punto lo que se quiere hacer es que la indemnización que tengamos que pagarle, en realidad sea cobrado como una reparación civil”.
3. Negarles el acceso a los programas sociales. “Algunos condenados por este delito, cuando sales se acogen al programa pensión 65 del Estado y esto no puede darse. Es darle pase a los terroristas con facilidades”, explicó Quesquén.
4. Mayor responsabilidad a funcionarios que contraten a condenados por terrorismo. El congresista del Partido Aprista dijo que este punto aplica para alcaldes, gobernadores y funcionarios que tengan en su equipo a algunos procesados por este delito. “En el interior del país, hay 326 personas que han sido contratadas en la administración pública”.
Además, Velásquez Quesquén se mostró incómodo por el hecho de que Martha Huatay pueda volver a ejercer su profesión como abogada. “Es lamentable. En el artículo 8 del código de ética del Colegio de Abogados de Lima establece claramente que se aplica la sanción de expulsión del afiliado de aquel que ha cometido delito doloso y esto es algo gravísimo”.
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