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Gobierno dejó en suspenso aumento de Impuesto Predial

La resolución ministerial que deja en suspenso ambas resoluciones, hasta el 30 de octubre del 2016.
La resolución ministerial que deja en suspenso ambas resoluciones, hasta el 30 de octubre del 2016. | Fuente: RPP | Fotógrafo: RPP

Esta medida es un tributo de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos y rústicos.

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dejó en suspenso las resoluciones ministeriales que establecían un cambio en la metodología para calcular el Impuesto Predial, lo que implicaba un incremento de 20 por ciento a partir del próximo año.

Mediante norma emitida hoy, se deja en suspenso las resoluciones ministeriales 287 y 288 emitidas por este sector a fines de octubre pasado y que aprobaban los planos prediales que contienen los valores arancelarios de terrenos urbanos en Lima Metropolitana, Lima provincias, Amazonas y Lambayeque. La resolución ministerial que deja en suspenso ambas resoluciones, hasta el 30 de octubre del 2016, fue publicada hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano y lleva la firma del titular del sector, Francisco Dumler.

Se señala que, para las áreas urbanas de Lima Metropolitana se aplicará, durante el ejercicio fiscal 2016, los valores arancelarios aprobados por la Resolución Ministerial N° 369-2014-Vivivienda, actualizados con el factor 1.059, expresados en nuevos soles por metro cuadrado.

En tanto, para las áreas urbanas de los distritos comprendidos en las regiones Amazonas, Lambayeque y Lima provincias se aplicará, para el ejercicio fiscal 2016, los valores arancelarios aprobados por la Resolución Ministerial N° 368-2014-Vivienda, actualizados con el factor y relación de distritos que cuentan con planos prediales. Agrega que los gobiernos regionales que han concluido el proceso de transferencia en materia de vivienda y saneamiento, conforme a lo establecido en el literal g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, pueden adecuar los valores arancelarios contenidos en los planos prediales de los distritos de su jurisdicción.

El Impuesto Predial es un tributo de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos y rústicos. La recaudación, administración y fiscalización de dicho impuesto corresponde al municipio distrital y el monto obtenido se emplea en la mejora de parques, jardines, pistas, limpieza, entre otros.

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