El congresista declaró sobre el proyecto ley para beneficiar a reos mayores de 75 años con la posibilidad de cumplir prisión domiciliaria, y que podría aplicar al expresidente Alberto Fujimori. Según Tubino: "Se ha estado hablando que (el nuevo proyecto de ley) es del congresista Miguel Torres, y no es verdad, porque he hablado con él y no hay ningún dictamen o proyecto de ley presentado en ese sentido”. Después de revisar documentos de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos relacionados al tema, OjoPúblico concluye que esta afirmación es engañosa.
Carlos Tubino, congresista de la República
Contexto: Declaraciones a la prensa en el Congreso
Fecha de la declaración: 25 de enero del 2019
El congresista Carlos Tubino señaló de manera específica: “Lo que hay es un proyecto de la congresista Vilcatoma que fue aprobado en el Pleno del Congreso, se llevó a la firma del Presidente de la República para su promulgación y ha sido observado". Tubino insistió en que: “Eso es todo lo que hay y nosotros no estamos impulsando ningún proyecto de Ley en ese sentido”.
El vocero de Fuerza Popular hizo estas afirmaciones para indicar que la bancada fujimorista no estaba insistiendo ni iba a impulsar ese proyecto de ley, y que. por el contrario estaba concentrada en el proyecto de ley de la Junta Nacional de Justicia.
El punto de partida de esta afirmación es el proyecto de Ley 3533/2018, que habilitaba el cumplimiento de la prisión domiciliaria para sentenciados varones mayores de 75 años que hayan cumplido un tercio de su pena. La autora, en efecto, fue la congresista fujimorista Yeni Vilcatoma.
El proyecto fue aprobado en el Pleno del Congreso en octubre de 2018, pero la autógrafa regresó al parlamento luego de ser observada por el Poder Ejecutivo.
En casos como este, por un acuerdo del Consejo Directivo que data del 2003, la comisión del Congreso que evalúa las observaciones a una ley por parte del Ejecutivo tiene tres opciones de pronunciamiento:
- Allanamiento: “Cuando la Comisión acepta todas las observaciones formuladas por el Ejecutivo y modifica el texto originario de la autógrafa, según dichas observaciones, sin insistir en aspecto alguno que hubiera sido objeto de observación”.
- Insistencia: “Cuando la Comisión rechaza total o parcialmente las observaciones del Presidente de la República e insiste en el texto originario de la autógrafa”.
- Nuevo proyecto: “Cuando dentro de un proceso de reconsideración frente a las observaciones del Poder Ejecutivo a una ley aprobada por el Congreso, la Comisión incorpora al texto originario de la autógrafa nuevas normas o disposiciones por propia iniciativa, sin considerar las observaciones del Poder Ejecutivo”. En este caso se dan dos supuestos:
- Se aceptan las observaciones del Ejecutivo, “pero se incorporan nuevas disposiciones o normas no relacionadas con dichas observaciones sea respecto del fondo o la forma.
- Se insiste en el texto originario de la autógrafa, “pero se incorporan normas o disposiciones, de forma o de fondo, no relacionadas con las observaciones del Poder Ejecutivo”.
En ese sentido, OjoPúblico verificó que el 4 de diciembre de 2018 la Comisión de Justicia retomó el debate sobre esta propuesta, esta vez para deliberar sobre las observaciones realizadas por el Poder Ejecutivo.
En el acta de la sesión consta que el presidente de ese grupo de trabajo, Alberto Oliva, puso a debate un primer predictamen que proponía allanarse por completo a las observaciones presentadas por el Ejecutivo -relacionadas a que el proyecto atentaba contra principios constitucionales- y recomendaba el archivamiento de la misma.
A su turno, en la misma sesión, el congresista Miguel Torres señaló que los congresistas habían analizado las observaciones del Ejecutivo con el objetivo de mejorar el texto. Tras detallar sus respuestas a las observaciones, Torres solicitó ante la presidencia de la Comisión de Justicia el ingreso de un nuevo texto sustitutorio para que fuera sometido a votación. Este pedido fue secundado por los congresistas fujimoristas Karina Beteta, Luis Galarreta y Úrsula Letona.
Entonces, el presidente de la Comisión de Justicia, alegando una cuestión de transparencia, insistió en poner a votación el primer dictamen que recomendaba el archivamiento del Proyecto de Ley 3533. La propuesta fue rechazada. En seguida se dispuso la votación del nuevo texto que incluía las consideraciones planteadas por el congresista Torres. Esta vez, el nuevo texto fue aprobado por mayoría, con los votos del mismo Torres, y sus colegas de bancada Tamar Arimborgo, Francisco Villavicencio, Karina Beteta, Luis Galarreta, Úrsula Letona, Milagros Takayama, Juan Carlos Gonzales y Héctor Becerril.
El dictamen del nuevo proyecto -aprobado el 5 de diciembre último- incluye un cuadro donde se señala de manera específica varias modificaciones en al menos cinco de los seis artículos:
-En el artículo 1, por ejemplo, se define que la ley está dirigida “a personas de avanzada edad que no representen peligro para la seguridad y hayan cumplido una proporción de la pena”.
-En el artículo 2, que regula el uso de un mecanismo de vigilancia electrónica personal, se elimina la obligación de informar al INPE con 48 horas de antelación cuando el adulto mayor desee salir del radio de acción del dispositivo.
-En el artículo 3, se modifican los supuestos por los que una persona puede solicitar la ejecución humanitaria de la pena: si en el original había seis supuestos, que incluían distinciones para hombres y mujeres, el nuevo proyecto limita el beneficio a las personas mayores de 70 años bajo solo tres supuestos: a) [Si] “Padecen enfermedad crónica acreditada con pericia médico legal de una junta médica, y cuyas condiciones carcelarias puedan colocar en riesgo su vida, salud e integridad”; b) “Padecen trastornos mentales crónicos, irreversibles y degenerativos acreditados con pericia médica legal”; y c) “Tienen discapacidad física permanente que afecte sensiblemente su capacidad de desplazamiento”.
-En el artículo 4, se transfiere del Jefe del INPE al Juez Penal de Turno la facultad de aprobar la solicitud de este beneficio.
-En el artículo 5 se incorporan delitos en los que el beneficio resulta improcedente: lavado de activos, delitos contra la humanidad, trata de personas, explotación sexual, trabajo forzoso, extorsión y pornografía infantil.
Por estas modificaciones, la propia comisión “recomienda aprobar un NUEVO PROYECTO respecto de la Autógrafa de Ley que establece la ejecución humanitaria de la pena (Proyecto de LEY 03533/2018-CR)”. [El resaltado en mayúsculas es del original]
OjoPúblico buscó contactarse con el congresista Carlos Tubino para solicitarle una precisión sobre este tema, pero su despacho señaló que el parlamentario no era el responsable de responder ante los cuestionamientos por dicho proyecto de ley, ya que no estaba informado por no ser autor ni integrar la Comisión de Justicia.
Por su parte, la oficina del parlamentario Miguel Torres confirmó a OjoPúblico que el texto sustitutorio para esta iniciativa fue propuesto por la bancada de Fuerza Popular.
Con base en la evidencia revisada para esta verificación, OjoPúblico concluye que la afirmación del congresista Carlos Tubino acerca de que su colega Miguel Torres no promovió proyecto de ley alguno relacionado a la propuesta legislativa de la ejecución humanitaria de la pena es engañosa.
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