El Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el dictamen que determina el proceso que se seguirá para la elección de los miembros del futuro Congreso bicameral, cómo se distribuirán los escaños en el Cámara de Diputados y el Senado, entre otros aspectos. La propuesta también plantea cambios en la valla electoral para la cancelación de inscripción de partidos políticos.
Congreso
Fernando Rospigliosi sustentó ante el Pleno la aplicación de la nueva valla electoral para la cancelación de partidos políticos
El Pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría, el dictamen que establece cómo se elegirá a los diputados y senadores que integrarán el futuro Congreso bicameral. Ello, conforme a la necesidad de que se reglamente el proceso que se seguirá para escoger a las nuevas autoridades con miras al retorno de la bicameralidad en el Perú a partir de las Elecciones 2026.
El texto fue sustentado en el Pleno por el presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi, y obtuvo 70 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones.
La iniciativa, elaborada a partir de catorce proyectos de ley presentados, propone, entre otros puntos, las reglas para el cálculo del número de representantes que integrarán el próximo Parlamento, los requisitos para ser elegidos miembros de este poder del Estado, cómo se elegirán a los diputados y senadores, además de modificar las causales de la cancelación de inscripción de un partido político.
El texto que, al ser una modificación a la ley, será sometido a una segunda votación transcurridos 7 días calendarios, establece cambios en una serie de artículos previstos en tres normas vigentes: la Ley Orgánica de Elecciones, la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley de Elecciones de representantes ante el Parlamento Andino.
Durante el debate, legisladores de diferentes bancadas cuestionaron que la propuesta, entre otros puntos, amplíe la cantidad de invitados que podrían designar las organizaciones políticas en comicios regionales y que no se amplíen las fechas de afiliación a partidos políticos o movimientos regionales para participar en los comicios del 2026.
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¿Cómo se designarán los escaños para senadores y diputados?
La propuesta plantea que para que un partido acceda al procedimiento de distribución de escaños en la Cámara de Diputados o en el Senado debería alcanzar "al menos el 5% del número legal de miembros y al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional en la respectiva cámara".
Sobre este punto, el experto en temas electorales José Manuel Villalobos explicó previamente que, por la forma en que está redactado el texto, para que un partido pueda tener escaños en el Congreso bicameral debe haber alcanzado, como mínimo, el 5% del número de miembros en el Senado (como mínimo 3 escaños) o la Cámara de Diputados (como mínimo 7 escaños); y, a la vez, haber logrado al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional.
Elección de los miembros del Congreso bicameral
En la propuesta se indica también que, como mínimo, el Senado estará compuesto por 60 miembros, mientras que la Cámara de Diputados la integrarán por lo menos 130 miembros.
Respecto al sistema de elección, el texto plantea la aplicación del sistema de distrito múltiple, donde el territorio nacional se divide en 27 jurisdicciones electorales (incluyendo departamentos, Lima Provincias, Callao y peruanos residentes en el extranjero), para la designación de al menos 30 senadores y el número total de diputados.
El resto de los senadores será elegido por distrito electoral único nacional aplicando el sistema de representación nacional. En otras palabras, este grupo de autoridades será escogido de una lista prevista a competir a nivel nacional y ya no por una región en específico, explica Villalobos.
Sin valla electoral para el 2026
El dictamen plantea también que un partido político pierde su inscripción si, al concluirse el proceso de elección general, no ha logrado acceder a la distribución de escaños establecidas en al menos una de las cámaras (Senadores o Diputados), conforme a las nuevas condiciones establecidas para este proceso.
También se cancela la inscripción de una organización política cuando "en caso de haber participado en alianza con otras, no alcance al menos 5% de los votos válidos. Dicho porcentaje se eleva en 1% indistintamente del número de partidos que integran la alianza. Solo los partidos políticos conformantes de la alianza que obtengan representación en cualquier cámara mantienen su inscripción".
Para esclarecer cualquier duda respecto a la aplicación de la nueva valla electoral, se añadió al dictamen una disposición complementaria transitoria que señala que el proceso de cancelación de inscripción de organizaciones políticas iniciará a partir del primer día hábil de enero de 2027, por lo que no afectará a las agrupaciones que participen de los comicios en el año 2026.
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Más invitados en las Elecciones Regionales y Municipales
Para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 la norma señala que las organizaciones políticas podrán incluir hasta el 30% de no afiliados como candidatos a los consejos regionales y municipales. Esta cantidad incluye a las candidaturas para alcalde, gobernador y vicegobernadores.
En otras palabras, un partido político podrá designar como candidato a alcalde o gobernador a una persona que no necesariamente esté afiliada en la organización, como parte de este porcentaje de libre designación que han previsto de cara a los próximos comicios regionales y municipales.
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