La congresista de Bloque Democrático indicó que los tres altos funcionarios cometieron presuntas infracciones a la Constitución en las observaciones realizadas por el Ejecutivo a ley sobre detención preliminar.
Ruth Luque, congresista de la bancada de Bloque Democrático Popular, informó que presentó una denuncia constitucional contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, por presuntas irregularidades en la elaboración de las observaciones presentadas a la autógrafa que restituía la detención preliminar en casos de no flagrancia.
La legisladora, a través de sus redes sociales, detalló que en dicha acusación también están inmersos Gustavo Adrianzén, en su calidad de presidente del Consejo de Ministros, y Juan José Santiváñez, como titular del Ministerio del Interior.
“La no restitución de la detención preliminar busca favorecer a su entorno y por consiguiente impacta en la lucha contra la delincuencia”, indicó en su cuenta de X.
A ello, agregó que “el deber de la presidenta es garantizar la seguridad y servir a la nación”.
Luque, además, sostuvo que ha solicitado tanto al Ministerio del Interior como al Ministerio de Justicia que le entreguen los informes “que sirvieron para no restituir la detención preliminar”.
Limita las herramientas legales
De acuerdo con el documento presentado a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de la República, Ruth Luque sostiene que la observación del Ejecutivo a la referida ley limita “significativamente las herramientas legales disponibles para fiscales y jueces” en casos de no flagrancia.
“Esto impide que se ordene la detención de sospechosos a pesar de existir indicios razonables de su implicación en delitos graves y un riesgo evidente de fuga u obstrucción de la justicia”, explicó.
En otra parte del escrito, señala que el hecho que la presidenta de la República haya observado la autógrafa, la cual también fue validada por el presidente del Consejo de Ministros con su firma, nos permite afirmar “que este Gobierno está otorgando ventajas a aquellas personas que delinquen y a quienes ya no les será aplicable el mandato de detención preliminar en casos de no flagrancia”.
Esto, según refiere, pese “a la concurrencia de elementos como suficientes indicios que dan cuenta del hecho ilícito y la existencia de peligro procesal”.
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