Con diez votos a favor, seis en contra y dos abstenciones, la subcomisión presidida por María Acuña decidió aprobar el informe final de la congresista Nilza Chacón (Fuerza Popular), que además recomienda evaluar si la Fiscalía de la Nación "incurrió en infracción constitucional" al haber formulado la denuncia.
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso, presidida por la parlamentaria María Acuña (Alianza para el Progreso), aprobó el informe que recomienda archivar la denuncia constitucional contra la presidenta Dina Boluarte por el caso Rolex.
Con diez votos a favor, seis en contra y dos abstenciones, la subcomisión aprobó el referido informe de la parlamentaria Nilza Chacón (Fuerza Popular) que concluye que "es constitucionalmente correcto y jurídicamente obligatorio declarar el archivo por no proceder formular acusación contra la presidenta, la señora Dina Boluarte, de conformidad al artículo 117 de la Constitución".
Los votos a favor de archivar la denuncia constitucional contra la mandataria fueron de los congresistas de Fuerza Popular: Nilza Chacón, Víctor Flores, Martha Moyano y Héctor Ventura; de Acción Popular, Luis Aragón y Elvis Vergara; de Alianza para el Progreso, Nelcy Heindinger; de Honor y Democracia, Jorge Montoya; de Bloque Magisterial, Segundo Quiroz; y de Juntos por el Perú-Voces del Pueblo, Jorge Coayla.
En contra votaron las congresistas de Renovación Popular: Patricia Chirinos, Milagros Jáuregui y Esdras Medina; de Perú Libre, Flavio Cruz; de la Bancada Socialista, Pasión Dávila; y de Juntos por el Perú-Voces del Pueblo, Edgard Reymundo. En abstención votaron María Acuña y José Jerí (Somos Perú).
Piden que el Congreso evalúe si denuncia contra Boluarte fue "uso político" de atribuciones de la Fiscalía
Durante la sustentación del informe, la congresista Nilza Chacón indicó que "examinados los hechos y el marco jurídico vigente", corresponde a la subcomisión "declarar la improcedencia de la acusación [...], todas vez que los hechos atribuidos no se encuentran previstos en el artículo 117 de la Constitución, y la denunciada ejerce actualmente la Presidencia".
"Dicho artículo establece, en forma restrictiva, los únicos casos en que un presidente en funciones puede ser acusado y la imputación planteada en el presente caso no se ajusta a ninguno de ellos. Proceder con la presente acusación supondría vulnerar el principio de legalidad y desconocer una limitación expresa de la Constitución", expresó la parlamentaria fujimorista.
"La controversia en un mandato constitucional expreso como el del artículo 117 de la Constitución o su uso forzado como en el del caso de esta denuncia constitucional, desnaturalizaría su finalidad jurídica y puede interpretarse como un acto político y no jurídico. En ese marco, el archivo de la denuncia es la única opción compatible con el orden constitucional y la legalidad vigente", agregó.
Asimismo, Chacón Trujillo indicó que "permitir que prospere una acusación en estas circunstancias equivaldría a extender indebidamente las facultades del Ministerio Público y del control parlamentario afectando la separación de poderes".
Además, señaló que correspondía al Congreso "analizar si la Fiscalía de la Nación ha contravenido la Constitución al impulsar una denuncia prohibida por el artículo 117".
"Esta actuación podría implicar un uso político de sus atribuciones en controversia de su deber de objetividad y legalidad, según la Constitución y su ley orgánica", remarcó.
"De confirmarse dicho exceso, el Congreso estaría habilitado a considerar la responsabilidad política o funcional de la Fiscalía de la Nación, conforme al artículo 99 y 10 de la Constitución, sin que eso afecte la autonomía del Ministerio Público ni la inmunidad parlamentaria", puntualizó.
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