Ernesto Blume, presidente de este organismo, informó en RPP Noticias que, mediante sentencia, se declaró infundada la demanda interpuesta contra la ley de reforma de la Constitución. "Esta decisión significa que el tema queda cerrado", señaló.
El presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, informó que, mediante sentencia, se ha decidido declarar infundada la demanda interpuesta contra la ley de reforma de la Constitución relacionada con la prohibición inmediata de alcaldes.
"Esta decisión significa que el tema queda cerrado. Es decir, es totalmente constitucional esa modificación a la Constitución y por lo tanto convalida la decisión y queda el camino sin ningún cuestionamiento a efectos de que el proceso electoral no tenga ningún cuestionamiento a futuro", precisó Blume a RPP Noticias.
El presidente del Tribunal Constitucional señaló que la decisión de desestimar la demanda, a un día de las elecciones, se debatió y se tomó con 5 votos a favor. "El tribunal ha tomado una decisión institucional. No hay vuelta que darle, esa decisión es cosa juzgada", señaló.
Judiciales
Alcaldes no pueden ser reelegidos.
En julio de este año, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió que no habrá reelección de los alcaldes en los comicios de este año, que se celebrarán el próximo 07 de octubre, en aplicación del mandato constitucional que prohíbe que las autoridades ediles sean elegidas en períodos consecutivos.
El JNE precisó que su resolución se sustenta en la Ley de reforma constitucional N° 30305 que modifica los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución. Dicha norma, que prohíbe la reelección inmediata de las autoridades, fue aprobada por el Congreso y se encuentra vigente desde el 11 de marzo de 2015.
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