JEE Lima Centro 1 declara inadmisible tacha contra plancha presidencial liderada por Rafael López Aliaga

Rafael López Aliaga, exalcalde de Lima.
Rafael López Aliaga, exalcalde de Lima. | Fuente: Municipalidad de Lima

El órgano electoral señaló que el recurso de Estevens Sánchez fue presentado dentro del plazo legal; sin embargo, advirtió que el solicitante no adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente, requisito indispensable según la normativa vigente. Ante ello, otorgó a Sánchez Puertas un plazo máximo de un día hábil, contado desde la notificación, para proceder a su regularización.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró inadmisible el recurso de tacha interpuesto contra la fórmula presidencial de Renovación Popular, liderada por el exalcalde Rafael López Aliaga e integrada por Norma Yarrow y Jhon Ramos como primera y segundo vicepresidentes, respectivamente.

La medida, adoptada en el marco de las elecciones generales de 2026, se produjo luego de que el ciudadano Estevens Adriano Sánchez Puertas presentara, el pasado 27 de diciembre, un escrito solicitando la tacha de dicha fórmula.

Mediante la Resolución N.° 08823-2025-JEE-LIC1/JNE, el órgano electoral señaló que el recurso fue presentado dentro del plazo legal; sin embargo, advirtió que el solicitante no adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente, requisito indispensable según la normativa vigente.

Ante ello, el JEE de Lima Centro 1, presidido por Hugo Andrés León Manco, precisó que esta omisión constituye un “defecto de carácter subsanable”, por lo que otorgó a Sánchez Puertas un plazo máximo de un día hábil, contado desde la notificación, para proceder con su regularización.

La entidad detalló que, de no cumplirse con adjuntar el comprobante dentro del plazo establecido, la tacha será declarada improcedente.

En el recurso presentado, Sánchez Puertas sostiene que su solicitud se fundamenta en una presunta vulneración a las normas de democracia interna, al considerar que la fórmula presidencial de Renovación Popular no fue elegida conforme a ley.

“Sustento esta tacha en una grave vulneración a lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas, Ley N.° 28094, debido al incumplimiento de las normas de democracia interna de la citada organización política”, se lee en el documento.

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