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RPP Verifica | Evelin Coloma sobre el matrimonio igualitario: “Como está concebido en nuestra Constitución, no nos permitiría” [FALSO]

Evelin Coloma participó en debate de RPP. Su declaración fue sometida a fact checking.
Evelin Coloma participó en debate de RPP. Su declaración fue sometida a fact checking. | Fuente: Facebook

La candidata de Victoria Nacional participó en el debate del programa Las 5 de las 7. Sus declaraciones fueron sometidas al fact checking de RPP Verifica.

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La candidata Evelin Coloma no se mostró a favor de promover el matrimonio igualitario y señaló a la Constitución Política como un impedimento. Por el contrario, indicó que desde su partido, Victoria Nacional, se está planteando la unión civil.

“El matrimonio como está concebido en nuestra Constitución no nos permitiría que se de esta figura para la unión de dos personas del mismo sexo. Pero creemos que todas las personas tienen los mismos derechos para unirse con el compañero que deseen, sea del mismo sexo o de otro”, indicó la candidata.

En el debate del programa Las 5 de las 7 de RPP Noticias, Evelin Coloma agregó que desde el plan de gobierno de su partido se ha optado por la unión civil, “que reconoce los derechos patrimoniales”, como para generar derechos a la herencia, a la propiedad y a un régimen de gananciales.

Estas declaraciones fueron sometidas a evaluación.

Dato a verificar: el matrimonio como está concebido en la Constitución, no nos permitiría que se de la figura para la unión de dos personas del mismo sexo.

Resultado: FALSO

[1] La Constitución Política del Perú de 1993, que es la que se encuentra vigente, no especifica las condiciones del matrimonio y no precisa que debe ser entre hombre y mujer o entre personas del mismo sexo. En el artículo 4, del capítulo De los derechos sociales y económicos, indica que la comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, pero no lo define.

“(…) También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad”

Un caso contrario es el artículo 5, sobre el Concubinato, donde sí se precisa que se trata de la unión estable de un varón y una mujer.

[2] La candidata se refiere a la Constitución, cuando la propia Constitución refiere a otro tipo documento para definir el matrimonio. El mencionado artículo 4 señala que la forma del matrimonio y demás aspectos como la separación o disolución están regulados por ley. Al respecto, el Código Civil señala en el artículo 234, sobre el Derecho de familia, que “el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida común”. También añade que ambos tienen responsabilidades iguales.

[3] Sobre el matrimonio, la abogada Gabriela Oporto indicó que se trata de una institución cultural y que cambia con el tiempo. Es decir, según su explicación, hasta hace unos 100 años era el hombre el que decidía dónde vivía la pareja, controlaba las finanzas e incluso debía dar autorización si su esposa podía trabajar. Todo eso ha cambiado en el papel. “El matrimonio, el matrimonio civil, el matrimonio regulado en el Código Civil, es una institución cultural. Es decir, que sus características van a cambiar dependiendo del tiempo y el lugar en el que nos encontremos”, comentó la coordinadora de Litigio Estratégico en Promsex. Además, agregó que el concepto de matrimonio se define por ley. “La constitución no tiene una definición del matrimonio”, dijo.

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