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Gobierno promulga ley que permite usar reconocimiento facial para verificar afiliaciones políticas

Gobierno promulga ley que permite usar reconocimiento facial para verificar afiliaciones políticas
Gobierno promulga ley que permite usar reconocimiento facial para verificar afiliaciones políticas | Fuente: Reniec

La iniciativa fue aprobada por el Congreso de la República a fines de abril, tras el escándalo por la afiliación de ciudadanos a partidos políticos sin su consentimiento.

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El Poder Ejecutivo promulgó este martes la Ley N° 32354, que permitirá al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) verificar las firmas de afiliación de ciudadanos a partidos políticos mediante tecnología biométrica, relacionada con el reconocimiento facial.

Esta norma había sido aprobada a nivel del Pleno del Congreso el pasado 30 de abril, con 94 votos a favor, 3 en contra y 5 abstenciones, tras revelarse diversos casos de ciudadanos que denunciaron haber sido inscritos en organizaciones políticas sin su consentimiento.

Una semana después, el 7 de mayo, el texto fue remitido en calidad de autógrafa al Ejecutivo para su promulgación u observación.

Así, este martes, 27 de mayo, fue publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, con las firmas de la presidenta de la República, Dina Boluarte, y del presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana.

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¿Qué establece la iniciativa?

La propuesta modifica el Artículo 7 e incorpora el Artículo 8-A en la Ley de Organizaciones Políticas, con el objetivo de regular el proceso de verificación de firmas que realiza el Reniec a los padrones de afiliados a un partido político o un movimiento regional. En el texto se precisa que se verifica también los comités partidarios y la relación de adherentes que no pueden estar inscritos en otra lista por el mismo periodo electoral.

Además, establece que, para la validación de esta información, el Reniec deberá aplicar mecanismos digitales estandarizados y otros medios análogos. Los resultados de la verificación deberán remitirse al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Con esta norma, la institución podrá hacer uso de tecnología para el reconocimiento facial, de tipo biométrico y con ello, garantizar la autenticidad de la identidad de la persona inscrita en una organización política, según explicó en su momento Carlos Ramos, asesor de la gerencia del Reniec.

Norma fue publicada hoy en el boletín de normas legales en el diario oficial El Peruano.
Norma fue publicada hoy en el boletín de normas legales en el diario oficial El Peruano. | Fuente: RPP
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